Boletín nº 130 (09-07-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 2.373/2018

EXTRACTO DE CONVOCATORIA AYUDAS AL ALQUILER VIVIENDA PARA JÓVENES

BDNS (Identif.) 406724

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local del día 24 de mayo y 7 de junio de 2018, se aprobaron las Bases para la concesión de ayudas al alquiler de vivienda para jóvenes, así como la Convocatoria de estas ayudas para el ejercicio 2018.

De conformidad con lo previsto en los arts. 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas los jóvenes con una edad mínima de 18 años y que no superen los 35 en la fecha de solicitud, que tengan suscrito un contrato de alquiler de vivienda en el que figuren como arrendatarios y que la vivienda alquilada objeto de subvención se encuentre ubicada en el término municipal de Lucena.

Segundo. Objeto y destino de las ayudas.

El objeto y finalidad de la presente convocatoria es sufragar los gastos del alquiler de vivienda por rentas generadas entre los meses de julio a diciembre 2018, de aquellos jóvenes que cumplan con los requisitos previstos en las bases que regulan la presente Convocatoria.

La cuantía individualizada de cada ayuda vendrá dado en función de la puntuación obtenida, según los criterios de baremación previstos en las bases y hasta agotar el crédito disponible.

Tercero. Bases Reguladoras.

Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 24 de mayo y 7 de junio de 2018, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 110 de 11 de junio y nº 125 de 2 de julio.

Cuarto. Cuantía.

La dotación presupuestaria de la convocatoria asiciende a 6.000,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Sexto. Otros datos.

Los requisitos de los beneficiarios, documentación a presentar y baremo quedan recogidos en las Bases reguladoras.

Lucena, 3 de julio de 2018. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

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