Boletín nº 144 (27-07-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 2.658/2018

Extracto del Acuerdo nº 562/18 de JGL del 13 de julio, de la Delegación de Movilidad, por la que convocan subvenciones 2018 para la adquisición de vehículos autotaxis adaptados a personas con movilidad reducida.

De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3n y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

BDNS (Identif.) 409525

Primero. Beneficiarios

Titulares de licencias de taxis que vayan a adquirir vehículos adaptados a personas con movilidad reducida.

Segundo. Objeto

Facilitar a los profesionales del taxi la adquisición de vehículos autotaxi adaptados a personas con movilidad reducida.

Tercero. Bases Reguladoras

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS AUTOTAXIS ADAPTADOS A PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA.

(https://bop.dipucordoba.es/show/20180723/announcement/2601)

Cuarto. Cuantía

La cantidad destinada a esta convocatoria asciende a 24.000,00 €, destinadas a subvencionar a cuatro beneficiarios, mediante el pago fraccionado de 1.500,00 € anuales, durante cuatro años. La subvención máxima a percibir por beneficiario será de 6.000,00 €, durante estos cuatro años citados

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 7 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Otros datos

Serán obligaciones de los beneficiarios los siguientes:

Instalar en el autotaxi central de localización GPRS.

Mantener el vehículo adaptado en funcionamiento durante un período de cuatro años como mínimo.

Durante este tiempo, de vehículo llevará una pegatina con el escudo del Ayuntamiento en lugar visible de la parte trasera del mismo, que indique vehículo subvencionado por el Ayuntamiento de Córdoba, de acuerdo con el artículo 18 de la LGS publicidad de las subvenciones.

Importante: El coche tiene que ser matriculado después de la adjudicación de la subvención. Tendrán preferencia los titulares de vehículos adaptados antiguos que deseen renovarlos.

Córdoba, 23 de julio de 2018. Firmado electrónicamente por el Delegado de Movilidad, Educación e Infancia, Andrés Pino Ruiz.

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Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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