Boletín nº 145 (30-07-2018)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 2.476/2018
Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 387/2018 Negociado: V
De: Doña Rocío Ferrero Bermudo
Abogada: María de la Luz Mingorance Pérez
Contra: Gran Paladar Gourmet SL
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA ACCTAL. DOÑA VICTORIA A. ALFÉREZ DE LA ROSA, DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 387/2018 a instancia de la parte actora doña Rocio Ferrero Bermudo contra Gran Paladar Gourmet SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado resolución de fecha 3 de julio de 2018 del tenor literal siguiente:
"Diligencia de Ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia Acctal. Doña Victoria A. Alferez de La Rosa.
En Cordoba, a tres de julio de dos mil dieciocho.
La anterior diligencia negativa de citación de la empresa demandada Gran Paladar Gourmet SL, por paradero desconocido, se acuerda citar para la celebración del acto del juicio oral, señalado el próximo día 18 de octubre de 2018 a las 11:40 horas, a la misma a través del Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente dispongan otra cosa.
Asimismo, cítese como parte al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda, a los efectos previstos en el artículo 23.2 de la Ley de Jurisdicción Social.
Notifíquese esta resolución a las partes habiéndole saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio de recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso, y sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
La Letrada Acctal. de la Administracion de Justicia".
Y para que sirva de notificación al demandado Gran Paladar Gourmet SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 3 de julio de 2018. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia Acctal., Victoria Alicia Alférez de la Rosa.