Boletín nº 159 (20-08-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Luque

Nº. 2.844/2018

En base a lo acordado en sesión ordinaria celebrada por el Pleno de la Corporación Municipal de Luque el día 1 de Junio de 2018, y Resolución de Alcaldía número 159/2018, de fecha 01 de agosto de 2018, se ha adoptado lo siguiente:

Examinado el Decreto de la Alcaldía-Presidencia, de fecha 26 de enero de 2018, y la correspondiente documentación del expediente, en la que se pone de manifiesto que para la correcta ejecución del Proyecto Técnico de la obra Instalación Depósito de Agua en la Fuente Luque es necesaria la adquisición de determinados bienes.

Resultando que el citado Proyecto Técnico redactado por el Ingeniero Industrial Municipal, colegiado número 4.115 del colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental don Fco. Javier Cubas García, va a someterse a aprobación inicial conjunta con la relación concreta e individualizada de propietarios y bienes que resulten afectados por la ejecución del Proyecto Técnico referenciado, en la que se describan, en todos los aspectos, material y jurídico, los bienes o derechos que se consideren de necesaria expropiación, así como, si procediere, de los imprescindibles para las ampliaciones de las obras determinadas de este expediente.

Resultando que para la correcta ejecución de las obras es necesaria la adquisición de determinados bienes afectados por la ejecución del Proyecto.

Considerando que una vez aprobado definitivamente el Proyecto Técnico lleva implícita la declaración de utilidad pública de las obras en él contempladas y por tanto, lleva consigo la autorización para expropiar los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras.

Considerando que por los Servicios Técnicos y Jurídicos de esta Corporación se ha redactado la relación de propietarios, bienes y derechos que resultan afectados por la ejecución del citado Proyecto.

Vistos los artículos 4.1.d) de la Ley 7/85, de 2 de abril, 90 y 94 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, 10 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa y los concordantes de su Reglamento, así como lo dispuesto en la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, y en el Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

SE ACUERDA:

Primero. Aprobar inicialmente el proyecto Instalación Depósito de Agua en la Fuente Luque" redactado por el Ingeniero Industrial Municipal, colegiado número 4.115 del colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental don Fco. Javier Cubas García, con un presupuesto de 23.809,86 Euros IVA incluido.

Segundo. Someter el citado Proyecto a información pública durante un periodo de 15 días hábiles de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, con objeto de que los interesados puedan presentar alegaciones que deberán versar sobre las circunstancias que justifican la declaración de interés general de la infraestructura.

Estimar necesaria la realización de la obra de infraestructura con arreglo al Proyecto Técnico, considerando implícita la declaración de utilidad pública de las obras en él contempladas a los efectos de su expropiación, de conformidad con los artículos 94 del TRRL y 10 de la LEF.

Tercero. Aprobar inicialmente la relación concreta, individualizada y valorada, de los bienes a expropiar para la ejecución de la obra, y que se expresan al final de este acuerdo.

Cuarto. Proceder a la publicación de este acuerdo en la forma a que se refiere el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, abriendo información pública durante un plazo de quince días en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y Boletín Oficial de la Provincia, con notificación personal a los interesados, para que los titulares de bienes y derechos afectados por la expropiación puedan aportar por escrito cuantos datos permitan la rectificación de los posibles errores que se estimen en la relación publicada, u oponerse a la ocupación o disposición de los bienes y derechos por motivos de forma o fondo, que han de fundamentar motivadamente.

A los solos efectos de la subsanación de errores en la descripción material y legal de los bienes, cualquier persona natural o jurídica podrá comparecer alegando cuantos antecedentes o referencias estime pertinentes.

Quinto. Facultar al Sr. Alcalde Accidental para la realización de cuantas gestiones sean necesarias para llevar a fin la ejecución de lo acordado.

La aprobación definitiva de esta relación quedará condicionada a la aprobación del Proyecto, en cuyo caso quedará declarada la utilidad pública del fin al que la obra se destina.

RELACIÓN INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS

Término Municipal: LUQUE

PARCELAS A EXPROPIAR

1.1. Urbana

Ubicación: Paraje de Fuente Luque, Polígono 12, Parcela 534, Término Municipal de Luque.

Referencia Catastral: 14039A012005340000ES.

Superficie catastral 5.390 m².

Superficie a Expropiar: 1.771 m².

Cultivo: Labor Secano 03.

Como titulares catastrales, de acuerdo con la Certificación catastral descriptiva y gráfica de bienes inmuebles de naturaleza rústica, de la Dirección General del Catastro, figuran:

Apellidos Nombre

NIF

Derecho

Domicilio fiscal

Sánchez Lama José Miguel

29935069V

33,34%

de propiedad

Cl Robinson Crusoe 11 Bajo Farmacia 29006 Málaga [Málaga]

Sánchez Lama Eusebio

00113834F

33,33%

de propiedad

Cl Cristina Valls 16 07007 Palma de Mallorca [Illes Balears]

Sánchez Lama Miguel Ángel

24072806V

33,33%

de propiedad

Cl Santo Domingo Calzada 2 Es:A Pl:04 Pt:C 41018 Sevilla [Sevilla]

Se pone de manifiesto que el contenido de la resolución de la que trae causa esta información pública no agota la vía administrativa por tratarse de un acto de trámite y que contra la misma no procede interponer recurso alguno, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

Luque, 6 de agosto de 2018. Firmado electrónicamente por el Alcalde Accidental, Sergio López Rueda.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad