Boletín nº 159 (20-08-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Alcaracejos

Nº. 2.861/2018

Por Resolución de fecha 06/08/2018 se aprobó la Resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:

Primero. Delegar en don Manuel Ayala Tena Teniente de Alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, excepto ordenación de pagos, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el período los días 6 de agosto de 2018 al 12 de agosto de 2018, 14 de agosto de 2018 al 25 de agosto de 2018.

Segundo. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

Tercero. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Cuarto. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.

Quinto. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.

Sexto. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.

Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales

Alcaracejos, 6 de agosto de 2018. Firmado Electrónicamente por la Secretaria-Interventora, Ana García García.

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