Boletín nº 160 (21-08-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros
Nº. 2.914/2018
Don Francisco Ansio Ortega, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Sebastián de Los Ballesteros, hace saber:
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 05-07-2018, sobre el expediente de modificación de créditos número 4/2018, del Presupuesto en vigor en la modalidad de créditos extraordinarios, financiados mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, que se hace público como sigue a continuación:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación presupuestaria |
Denominación |
Créditos |
342 622 00 |
Demolición previa a la edificación de gimnasio municipal |
3.000,00 € |
4312 623 00 |
Climatización mercado de abastos |
2.000,00 € |
Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
Bajas o Anulaciones en Concepto de Ingresos
Aplicación presupuestaria |
Denominación |
Créditos |
341 143 00 |
Monitor deportivo |
5.000,00 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, y el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
San Sebastián de Los Ballesteros, 14 de agosto de 2018. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Francisco Ansio Ortega.