Boletín nº 162 (23-08-2018)

VI. Administración Local

Entidad Local Autónoma de Castil de Campos

Nº. 2.877/2018

Mediante la presente se le notifica Resolución de Alcaldía nº 39/2018 de fecha 03/08/2018, del tenor literal siguiente:

"Teniendo previsto el disfrute de mis vacaciones durante los días 20 de agosto al 02 de septiembre de 2018, ambos inclusive, en virtud de lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 5/2010 de 11 de junio de Autonomía Local de Andalucía, y en uso de las atribuciones que me confiere la vigente legislación del Régimen Local, por medio del presente,

RESUELVO:

Primero: Que durante los días 20 de agosto al 02 de septiembre de 2018, ambos inclusive, y en virtud de lo dispuesto en la normativa vigente, me sustituya en la totalidad de las funciones que corresponden a esta Presidencia, el vocal de esta Entidad Local Autónoma don Pedro Felipe Perálvarez Osuna.

Segundo: Notifíquese la presente Resolución al interesado y désele publicidad de forma reglamentaria.

Tercero: Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Junta Vecinal en la próxima sesión que el mismo celebre".

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante la Presidencia de esta ELA de Castil de Campos, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 30/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Castil de Campos, 6 de agosto de 2018. Firmado electrónicamente por la Secretaria Acctal., Mª del Rosario Ruiz Roldán.

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