Boletín nº 165 (28-08-2018)
VIII. Otras Entidades
Gerencia Municipal de
Urbanismo
Córdoba
Nº. 1.285/2018
Rfa. Planeamiento/12-02-18/PIVJ/4.1.2 - 3/2016
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en sesión celebrada el día 16 de enero de 2018, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar definitivamente la modificación de las Fichas MV-59, EV-212 y EV-213 del Catálogo de bienes Protegidos del PEPCH (Anexo II), instada por la Gerencia Municipal de Urbanismo.
Segundo. Depositar el documento aprobado en el Registro Administrativo Municipal (artículo 40 LOUA y artículo 9 del Decreto 2/2004, de 7 de enero), constituido por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de 5 de febrero de 2004 (BOP nº 51, de 5 de abril de 2004).
Tercero. Remitir el presente acuerdo junto con el documento aprobado a la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para su inscripción en el Registro de Instrumentos de Planeamiento de Andalucía (Unidad Registral de Córdoba).
Cuarto. Una vez que se certifique el depósito en dichos Registros, publicar el acuerdo aprobatorio y el articulado de sus normas/texto de las ordenanzas en el Boletín Oficial de la Provincia, para su entrada en vigor, con indicación de haberse depositado previamente en dichos registros y de los recursos correspondientes.
Quinto. Notificar el presente acuerdo al promotor y demás interesados en el expediente, si los hubiera, con indicación de los recurso que en derecho correspondan.
Contra el anterior acuerdo, se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses a contar también desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto, a tenor de lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro Recurso que estime procedente.
Córdoba, 13 de febrero de 2018. Firmado electrónicamente por el Gerente, Emilio García Fernández.