Boletín nº 168 (31-08-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Nueva Carteya

Nº. 2.958/2018

Don Vicente Tapia Expósito, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Nueva Carteya (Córdoba), hace saber:

Que por Decreto de la Alcaldía de 20 de agosto de 2018, se han aprobado las bases reguladoras y la convocatoria del concurso oposición restringido para acceso a la condición de funcionario del personal laboral del Ayuntamiento de Nueva Carteya, que se insertan a continuación:

"BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE CUATRO PLAZAS DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE NUEVA CARTEYA, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN Y POR EL TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA (FUNCIONARIZACIÓN) DEL AYUNTAMIENTO DE NUEVA CARTEYA.

PRIMERA. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria regular el acceso a la función pública del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Nueva Carteya afectado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2017 aprobada por Decreto de la Alcaldía de 21 de diciembre de 2017 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 4 de 5 de enero de 2018. Los puestos de trabajo a los que se refiere la convocatoria son los siguientes:

Grupo

Escala/ Subescala

Denominación

Título Exigible

Nº de Vacantes

C2

Administración General/Auxiliar

Auxiliar Administrativo

Graduado Escolar o equivalente

1

C1

Administración Especial/Servicios Especiales

Dinamizador Juvenil

Bachiller o equivalente

1

C2

Administración Especial/Servicios Especiales

Auxiliar Técnico de Obras

Graduado Escolar o equivalente

1

C1

Administración Especial/servicios Especiales

Dinamizador Centro Guadalinfo

Bachiller o equivalente

1

En virtud de lo acordado se permite la promoción interestatutaria y por tanto se establece que el personal laboral fijo de este Ayuntamiento pueda acceder a la condición de personal funcionario. De esta promoción se derivan ventajas para la gestión de los servicios, debido a que es necesario realizar muchas funciones públicas reservadas a funcionarios. Asimismo el proceso de esta funcionarización implica y conlleva una interpretación realista de la normativa de provisión de puestos de trabajo y la particular habilidad que el/la empleado/a funcionarizado/a ha adquirido ya en su puesto, lo que es garantía objetiva de una gestión eficaz del servicio público.

Por ello, el proceso de funcionarización que se pretende llevar a cabo, como fórmula de provisión, viene motivada por una causa de naturaleza organizativa, esto es, por la existencia en el Ayuntamiento de Nueva Carteya de una circunstancia o problema específico.

SEGUNDA. Legislación aplicable

El acceso a la función pública mediante la funcionarización del personal laboral, se regirá por lo establecido en las presentes bases, y en su defecto, por la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en su redacción dada por la Ley 23/1988, de 18 de julio; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y por las demás normas que resulten de aplicación.

TERCERA. Condiciones y requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, sobre el acceso al empleo público de los nacionales de otros Estados.

b. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c. Estar en posesión de la titulación exigida en los correspondientes anexos de estas bases.

d. Ser actualmente personal laboral fijo del Ayuntamiento de Nueva Carteya con la categoría recogida en los correspondientes anexos de estas bases.

e. Estar actualmente desempeñando funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico con la plaza convocada.

f. Haber prestado servicios efectivos durante al menos cinco años como personal laboral fijo en la categoría correspondiente o en categorías de otro grupo profesional para cuyo acceso se exija el mismo nivel de titulación.

g. Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

h. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Todos los requisitos exigidos en el apartado anterior deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.

CUARTA. Forma y plazo de presentación de instancias

Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso a las plazas que son objeto de la convocatoria, se redactarán de acuerdo con el modelo que se adjunta a las presentes Bases como Anexo V, se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Nueva Carteya, especificando que se reúnen todos y ca

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