Boletín nº 168 (31-08-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 2.981/2018

Edicto de Aprobación Definitiva

A los efectos oportunos y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169, en relación con el artículo 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-, y artículo 38.2, en relación con el artículo 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de Presupuestos, se hace público, para general conocimiento, que ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de julio de 2018, por el que se aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos extraordinarios y suplemento de créditos, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

Capítulo

Descripción

Partida/Concepto

Modificación por

Suplemento (€)

VI. Inversiones

1650 63301 Proyecto Eficiencia Energética (Renovación Alumbrado Público)

296.579,35

TOTAL SUPLEMENTOS

296.579,35

Capítulo

Descripción

Partida/Concepto

Modificación por Crédito

Extraordinario (€)

VI. Inversiones

4541 61116 Reparación del camino rural Carretera de La Carlota a La Rambla

289.074,31

TOTAL CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

289.074,31

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 113.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local -LRBRL-, y 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en los plazos establecidos en los artículos 25 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción -LJCA-.

En La Carlota, 28 de agosto de 2018. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente en Funciones, Resolución 2097/2018, de 30 de julio, Francisco Javier Martín Torres.

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