Boletín nº 170 (04-09-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 2.968/2018

El Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco, en sesión ordinaria de Pleno, celebrada en fecha 25 de junio de 2018, aprobó inicialmente las modificaciones habilitadas para el Reglamento de Bolsa Municipal de Empleo, de esta Ciudad.

Sometido el expediente a información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días, no han sido presentadas reclamaciones y/o sugerencias.

La señora Secretaria de la Corporación Certifica con fecha veinticuatro de agosto del actual la elevación a definitiva de la aprobación inicial.

Procede su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El empleo de los medios materiales adecuados y de recursos humanos suficientemente preparados es una necesidad imprescindible hoy en día para poder llevar a cabo de forma adecuada los servicios que presta el Ayuntamiento de Pozoblanco a los ciudadanos.

En la cuestión relativa a la organización de los recursos humanos en el sector público se deben de tener en cuenta los principios constitucionales de acceso al empleo público previstos en el artículo 103.3 de la Constitución Española y artículo 78 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que son igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Se debe tener en cuenta que la Administración Local es la que está más cerca de las demandas de servicios por parte de los ciudadanos, y la que está asumiendo progresivamente competencias que implican una mayor complejidad en su desempeño.

La creación y aprobación de una Bolsa de Trabajo pretende mejorar la calidad de las Prestaciones que reciben los ciudadanos y, en especial, agilizar los procesos selectivos para cubrir las plazas de carácter temporal que pudieran surgir, así como para cubrir las necesidades temporales de personal de carácter no permanente, en los términos, límites y para los casos legalmente previstos y permitidos.

Igualmente se habrán de tener en cuenta ciertos criterios de discriminación positiva para el caso de que ante aspirantes con igualdad de puntos, establecer un orden de preferencia para acceder a la cobertura de una necesidad temporal de empleo, teniendo en cuenta para ello los sectores de población con más dificultades para el acceso al empleo en la actualidad, tales como Personas Discapacitadas, desempleados mayores de 45 años, desempleados de larga duración (doce meses en un periodo de dieciocho meses anteriores a la fecha de inicio del plazo presentación de solicitudes) y jóvenes que accedan al primer empleo.

El que se consigan los objetivos referidos es una prioridad en la política de Recursos Humanos de este Ayuntamiento y que se pretende conseguir mediante el instrumento adecuado como es la regulación y creación de la Bolsa de Trabajo.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

El presente Reglamento tiene por objeto regular un procedimiento para la creación de Bolsa de Trabajo para personal no cualificado para las categorías incluidas en el Anexo I del presente Reglamento, que son las siguientes:

DENOMINACIÓN DE LA CATEGORIA

- PEÓN ALBAÑIL

- PEÓN DE SERVICIOS

- OFICIAL 1ª CONSTRUCCIÓN

- OFICIAL 1ª PINTOR

- PEÓN ESPECIALISTA (DUMPER, RETROEXCAVADORA, ETC&)

Igualmente regular un procedimiento para la Creación de Bolsa de Trabajo para personal cualificado para las categorías incluidas en el Anexo II del presente Reglamento, que son las siguientes:

DENOMINACIÓN DE LA CATEGORIA

- SOCORRISTA

- MONITOR DE NATACIÓN

- GESTOR DE INSTALACIONES DEPORTIVAS

- MONITOR SOCIO CULTURAL

PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS VARIOS

DENOMINACIÓN DE LA CATEGORIA

- Agente de Desarrollo Turístico

- Archivero (Invent. Patr. Histórico)

- Aux. Biblioteca y Documentación

- Auxiliar Administrativo

- Auxiliar Atención Sociosaniataria

- Auxiliar de Informatica

- Conductor - Operador Grua Mpal.

- Educador/a Social

- Ingeniero/a Técnico Industrial

- Integrador/a Social Prg. Absentismo Escolar

- Limpiadora/a Escuela Infantil Municipal

- Maestro/a Escuela Infantil Municipal

- Monitor Deportivo - Indoor Cycling

- Monitor Gimnasia Mantenimiento

- Oficial 1ª Conductor

- Oficial 1ª Electricista

- Peón Carga y Descarga (Teatro el Silo)

- Peón Electricista

- Técnico Archivo y Documentac.

- Técnico Esc. Inf. Municipal Aula Matinal

- Técnico Escuela Infantil Municipal

- Técnico/a Información Turístic

- Trabajador/a Social

Artículo 2. Definición

Se entiende por bolsa de t

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