Boletín nº 184 (24-09-2018)

VIII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 3.105/2018

Rfª. Planeamiento/11-09-18/PVJ/4.1.7 - 1/2018

La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en sesión celebrada el día 23 de julio de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar inicialmente el estudio de detalle de la parcela 1.1 del Plan Parcial O-3 Huerta Santa Isabel este promovido por la entidad Desarrollos Urbanos y Estatrégicos SL, de conformidad con el informe del servicio de planeamiento que se adjunta como motivación.

Segundo. Someter a información pública por plazo de veinte días con notificaciones personales a los propietarios afectados y publicación en el Tablón de Anuncios y periódico de ámbito provincial así como en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba, 12 de septiembre de 2018. Firmado electrónicamente por el Gerente, Emilio García Fernández.

ESTUDIO DE DETALLE

PARCELA 1.1 DEL PLAN PARCIAL PAU O-3

"HUERTA SANTA ISABEL-ESTE". CÓRDOBA

RESUMEN EJECUTIVO

PROMOTOR: DESARROLLOS URBANOS Y ESTRATÉGICOS SL

ARQUITECTOS: RAFAEL CASTELLÓ PÉREZ Y SOLEDAD GARCÍA DOMENECH

1. OBJETO DEL ESTUDIO DE DETALLE

Este Estudio de Detalle se redacta con el único objeto de reajustar el área de movimiento de la edificación bajo rasante en la parcela 1.1 del Plan Parcial PAU O-3 Huerta de Santa Isabel-Este, manteniendo la ocupación máxima prevista en el citado Plan Parcial.

Afecta únicamente al artículo 12 de las Normativas Reguladoras del Plan Parcial en lo referente a retranqueos y separación a linderos de la edificación exclusivamente en planta sótano.

Esta modificación no afecta a parámetros urbanísticos de ocupación bajo rasante o edificabilidad, ni tampoco cambia la imagen urbana prevista en el planeamiento pues la alteración se limita al subsuelo.

2. DETERMINACIONES DEL ESTUDIO DE DETALLE

El Estudio de Detalle consiste en ajustar el área de movimiento de la edificación bajo rasante establecida en el artículo 12 "Condiciones de la Edificación", de manera que se pueda adosar la línea de edificación bajo rasante al lindero privado, para hacerla compatible con el artículo 11.4 "Ocupación" y el artículo 12.7.12 "Reserva de aparcamiento por usos", permitiendo en los terrenos no ocupados por la edificación desarrollar las rampas y escaleras de acceso al mismo.

Este ajuste no altera los parámetros de la ordenación pormenorizada.

Este ajuste limita la ocupación bajo rasante al 80%, coincidente con el limite establecido en el plan parcial.

Este ajuste mejora las actuales condiciones al permitir cumplir la dotación de plazas de aparcamiento en una sola planta, minimizando riesgos arqueológicos y ostes innecesarios, además de poder materializar un derecho establecido en el Plan Parcial.


Adjuntos: 3-105_anexos.pdf |

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad