Boletín nº 186 (26-09-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba

Nº. 3.138/2018

El sesión celebrada el 6 de septiembre de 2018, el Pleno Municipal de Villanueva de Córdoba adoptó el siguiente acuerdo:

Aprobación definitiva de los Estatutos y las Bases de Actuación de la Junta de Compensación a constituir para la urbanización de la unidad de ejecución del PERI UE-3 Piscina (ARI2-02 PGOU).

PROPUESTA DE ACUERDO:

Considerando la iniciativa para el establecimiento del sistema de compensación, así como el Proyecto de Estatutos y Bases de actuación de la Junta de Compensación del PERI UE-3 Piscina, presentada por los abogados urbanistas García Fernández, en representación de varios propietarios y promotores.

Vistos los informes del Servicio de Arquitectura y Urbanismo de la Diputación Provincial de Córdoba, VC.17.16.U83, VC.17.16.U83. ANEXO y VC. 20381.17. U83 que valoran positivamente la presentación de la iniciativa y consideran que ha quedado cumplimentada con la documentación señalada en el artículo 130.2 de la LOUA.

Visto el informe VC.20831.17 de este mismo Servicio de Arquitectura y Urbanismo, por el que se informan las alegaciones a la Aprobación de Iniciativa y Proyecto de Estatutos de una serie de interesados.

Considerando el Informe de Secretaría de fecha 21 de agosto de 2018.

De conformidad con el artículo 131.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en relación con el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

Se propone al Pleno el siguiente acuerdo:

Primero. Desestimar las alegaciones presentadas por doña Francisca Pulido Plazuelo y don Martín Merchán Caballero.

Desestimar la alegación presentada por don Alfonso Torres González, solicitándole que opte por cualquiera de la alternativas que se ofrecen en las Bases y Estatutos en relación con el expediente relativo a la aprobación de los Proyectos de Estatutos y de Bases de Actuación que habrán de regir la constitución y funcionamiento de la Junta de Compensación para la urbanización de la unidad de ejecución PERI UE-3 Piscina (ARI2-02 PGOU) de este Municipio, por los motivos expresados en los Informes del Servicio de Arquitectura y Urbanismo de la Diputación Provincial de Córdoba de fecha 4 de mayo de 2018, del que se remitirá copia a los interesados junto con la notificación de este Acuerdo.

Segundo. Estimar las alegaciones presentadas por doña Rafaela García Gañán y doña Jerónima Carmona Calero en relación con el expediente relativo a la aprobación de los Proyectos de Estatutos y de Bases de Actuación que habrán de regir la constitución y funcionamiento de la Junta de Compensación para la urbanización de la unidad de ejecución PERI UE-3 Piscina (ARI2-02 PGOU) de este Municipio por los motivos expresados en los Informes del Servicio de Arquitectura y Urbanismo de la Diputación Provincial de Córdoba de fecha 4 de mayo de 2018, del que se remitirá copia a los interesados junto con la notificación del presente Acuerdo.

Tercero. Solicitar a don Pedro Sánchez García, a la vista de su renuncia a participar en la Junta de Compensación,que opte por ser expropiado conforme a lo previsto en el artículo 129.3.b) de la LOUA o ser reparcelado forzosamente, según se prevé en la Base 7ª.

Cuarto. Aprobar definitivamente los Estatutos y las Bases de Actuación de la Junta de Compensación a constituir para la urbanización de la unidad de ejecución PERI UE-3 Piscina (ARI2-02 PGOU), con las modificaciones resultantes de los dos apartados anteriores.

Quinto. Designar como representante del Ayuntamiento en el órgano rector de la Junta de Compensación a la Señora Alcaldesa.

Sexto. Publicar íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, el presente Acuerdo de aprobación definitiva. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento:

http://villanuevadecordoba.sedelectronica.es.

Asimismo, se notificará individualizadamente a las personas propietarias afectadas por el sistema de actuación y a quienes hubieren comparecido en el expediente, al tiempo que se les requerirá para que en el plazo de un mes manifiesten su adhesión o no a la Junta.

Séptimo. Finalizados los plazos anteriores, requerir a los interesados para que constituyan la junta de compensación mediante escritura pública en la que se designará el cargo del órgano rector, que necesariamente recaerá en persona física.

Se entiende APROBADA LA PROPUESTA.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Villanueva de Córdoba, 17 de septiembre de 2018. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Dolores Sánchez Moreno.

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