Boletín nº 190 (02-10-2018)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía
Delegación Territorial de Córdoba.

Nº. 3.165/2018

Convenio o Acuerdo: III Convenio Colectivo de Cruz Roja Española en Córdoba

Expediente: 14/01/0117/2018

Fecha: 20/09/2018

Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación

Destinatario: Sergio Ortuño Aguilar

Código 14102882012013.

Visto el Texto del Convenio Colectivo suscrito por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Cruz Roja Española en Córdoba, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

ACUERDA

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Delegado Territorial CEICE en Cordoba, Manuel Carmona Jiménez.

CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL DE LA OFICINA PROVINCIAL DE CRUZ ROJA ESPAÑOLA EN CÓRDOBA

2018-2021

Contenido:

Capítulo I. Condiciones generales

Artículo 1. Determinación de las partes

Artículo 2. Ámbito funcional y personal de aplicación

Artículo 3. Ámbito territorial

Artículo 4. Ámbito temporal. Vigencia y denuncia

Artículo 5. Vinculación a la totalidad

Artículo 6. Unidad del convenio

Artículo 7. Condiciones más beneficiosas

Artículo 8. Compensación y absorción

Artículo 9. Comisión Paritaria

Capítulo II. Organización del trabajo, contratación y clasificación profesional

Artículo 10. Competencia y criterios relativos a la organización del trabajo

Artículo 11. Ingresos del personal externo

Artículo 12. Cobertura con personal interno

Artículo 13. Clasificación profesional

Artículo 14. Criterios para determinar la pertenencia a los grupos y niveles profesionales

Artículo 15. Grupos y niveles profesionales

Artículo 16. Periodo de prueba

Artículo 17. Formación

Artículo 18. Contratación

Artículo 19. Movilidad funcional, geográfica y modificación sustancial de las condiciones de trabajo

Artículo 20. Jubilación

Artículo 21. Excedencias y otros permisos

Capítulo III. Jornada laboral, vacaciones y licencias

Artículo 22. Jornada de trabajo y descanso semanal

Artículo 23. Horas extras

Artículo 24. Vacaciones

Artículo 25. Licencias y permisos retribuidos

Artículo 26. Suspensión con reserva del puesto de trabajo

Artículo 27. Voluntariado y Código de Conducta

Artículo 28. Incapacidad Temporal

Capítulo IV. Sistema retributivo

Artículo 29. Retribuciones

Artículo 30. Conceptos retributivos

Artículo 31. Salario Base

Artículo 32. Complementos de Puesto de Trabajo de carácter no consolidable

Artículo 33. Pagas Extraordinarias

Artículo 34. Abono de retribuciones

Artículo 35. Anticipos reintegrables

Artículo 36. Gastos de viaje

Capítulo V. Disposiciones varias

Artículo 37. Uniformidad

Artículo 38. Colaboraciones

Artículo 39. Seguridad y Salud Laboral

Capítulo VI. Régimen disciplinario

Artículo 40. Régimen disciplinario. Graduación de faltas

Artículo 41. Sanciones

Artículo 42. Prescripción

Artículo 43. Cancelación

Capítulo VII. Otras disposiciones

Artículo 44. Garantías sindicales

Artículo 45. Órganos de representación

Artículo 46. Igualdad de oportunidades y no discriminación

Artículo 47. Otras medidas de igualdad. Protocolo de actuación

Acoso en el entorno laboral

Protocolo de actuación

DISPOSICIONES ADICIONALES

Anexo I. Tablas salariales

Anexo II. Definición de horarios específicos en centros

Anexo III. Acoso en el entorno laboral: protocolo de actuación

Capítulo I

Condiciones generales

Artículo 1. Determinación de las partes

De una parte la representación legal de Cruz Roja Española en Córdoba y de otra, la representación Legal de los Trabajadores (en lo sucesivo RLT) de Cruz Roja Española en esta provincia han negociado y acordado el presente Convenio Colectivo.

Artículo 2. Ámbito funcional y personal de aplicación

El presente Convenio será de aplicación en los centros de trabajo dependientes de la Oficina Provincial de Cruz Roja Española en Córdoba y afecta a todo el personal laboral que se halle prestando servicio en la misma, así como a los que ingresen en ella durante la vigencia del mismo.

Quedan expresamente excluidos del ámbito del presente acuerdo:

1. El personal contratado mediante las subvenciones concedidas por el SAE a Cruz Roja Española para la contratación de personas desempleadas.

2. El personal contratado para Talleres de empleo, Escuelas Taller, Casas de Oficios, cursos de FPE subvencionados por el SAE, formación reglada y cursos de Formación Profesional subvencionados por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.

3. Los profesionales libres que presten su colaboración y servicios a la Cruz Roja Española.

4. Quienes presten sus servicios de modo voluntario y no retribuido.

5. El personal contratado en virtud de Convenios o conciertos con la Administración Pública en los que se recojan las condiciones laborales que afecten a dicho personal, en aquellas materias reguladas de forma expresa en el convenio de colaboración formalizado, bien entendido que tanto en defecto de esta, como en la materia no regulada al respecto, el presente convenio tendrá carácter supletorio.

6. El personal directivo al que se refiere el RGO de Cruz Roja Española, en concreto las personas que ocupen la Secretaria y la Coordinación Provincial.

7. Personal perteneciente al Hospital de Cruz Roja Española en Córdoba.

Artículo 3. Ámbito territorial

Este Convenio se aplicará a aquellos trabajadores y trabajadoras que desarrollan sus actividades en los diversos centros dependientes de Cruz Roja Española en la provincia de Córdoba, en las Asambleas Locales y en aquellos otros que pudieran crearse en el futuro con motivo de la puesta en marcha de nuevas actividades, con excepción del Hospital de Cruz Roja Española en Córdoba.

Artículo 4. Ámbito temporal. Vigencia y denuncia

El presente Convenio entrará en vigor, a todos sus efectos, el día de su firma y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.

Se considerará tácitamente prorrogado por años naturales sucesivos, si no se produce denuncia expresa por cualquiera de las partes, ante la autoridad laboral competente. La denuncia habrá de realizarse con dos meses de antelación a su vencimiento.

Durante la negociación del nuevo convenio, permanecerá vigente el convenio actual hasta alcanzarse un nuevo acuerdo.

Artículo 5. Vinculación a la totalidad

En el supuesto de que la jurisdicción laboral declarase la nulidad de alguno de los artículos de este convenio, la Comisión Negociadora se reunirá en un plazo máximo de 15 días para negociar un artículo que sustituya al declarado nulo.

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad