Boletín nº 192 (04-10-2018)

VIII. Otras Entidades

Patronato Provincial de Turismo
Córdoba

Nº. 3.293/2018

El Consejo Rector del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba, en sesión extraordinaria celebrada el 27 de septiembre de 2018, ha adoptado el acuerdo de aprobación unánime de las Bases del Primer Concurso de Ideas y Proyectos Empresariales para Fomento del Emprendimiento dentro del Programa Guadajoz Milenario, organizado por el Patronato Provincial de Turismo de Córdoba, así como su remisión al B.O.P. para su publicación.

Córdoba 1 de octubre de 2018. Firmado electrónicamente: La Vicepresidenta, Carmen M.ª. Gómez Navajas.

BASES:

BASES DEL CONCURSO DE IDEAS O PROYECTOS EMPRESARIALES PARA FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO DENTRO DEL PROGRAMA GUADAJOZ MILENARIO

Las presentes bases tienen por objeto regular I Concurso de Ideas y Proyectos Empresariales en el Sector Turístico, que convoca el Patronato de Turismo de Córdoba, incluido en el PROGRAMA PARA LA DINAMIZACIÓN DEL SECTOR TURÍSTICO, SOBRE EL POTENCIAL DE RECURSOS EN EL ENTORNO DEL RÍO GUADAJOZ, A PARTIR DE LA GUÍA GUADAJOZ MILENARIO.

1. Normativa aplicable

Con independencia de las especialidades que se indican en la presente convocatoria, la regulación de la misma se contiene en:

- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Ordenanza reguladora de la Actividad Subvencional, Criterios de Graduación y Potestad Sancionadora, aprobada por acuerdo plenario el 27 de julio de 2016 (BOP nº 182 de 22.09.2016).

- Las normas que establecen las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Córdoba para el ejercicio 2018.

Supletoriamente se aplicarán las normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.

2. Finalidad del concurso

El presente concurso tiene por finalidad:

" Fomentar la cultura e iniciativa empresarial, así como la innovación, especialmente entre los jóvenes del territorio.

" Potenciar el aprovechamiento eficiente y sostenible de los recursos naturales y patrimoniales del territorio objeto de la guía turística Guadajoz Milenario.

" Generar dinamismo económico y desarrollar el sector turístico en la provincia de Córdoba.

" Fomentar la creatividad y la generación de valor, a partir de los recursos endógenos.

3. Naturaleza de la subvención

Estas subvenciones tienen la consideración de ayudas en especie, tal y cómo recoge la D. A. quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 3 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (en adelante RLGS). Por lo tanto, el pago de la subvención no supone ningún desembolso pecuniario en favor del beneficiario, sino el otorgamiento de los servicios subvencionados, previamente contratados por el Patronato Provincial de Córdoba con la intención de otorgarlos a los beneficiarios.

4. Modalidades de participación

Será una única modalidad de participación: Proyecto turístico innovador.

5. Participantes

Podrán participar en este concurso las personas jurídicas o personas físicas mayores de 18 años, que, teniendo plena capacidad de obrar, tengan su residencia y/o sede fiscal en cualquiera de los municipios y aldeas incluidos en la Guía Guadajoz Milenario.

El ganador/a de este Concurso se obliga a desarrollar su proyecto empresarial en uno o varios de los municipios incluidos en la guía Guadajoz Milenario y no en lugar diferente.

Los municipios incluidos en la Guía Guadajoz Milenario son: Priego de Córdoba, Zamoranos, Fuente Tójar, Luque, Baena, Albendín, Valenzuela, Nueva Carteya, Castro del Río, Espejo, Montilla, Montemayor, Fernán Núñez y Santa Cruz (Córdoba).

Se considerará emprendedor o emprendedora, a efectos de la presente convocatoria a aquellas personas que no estén desarrollando ninguna actividad empresarial en el momento de la presentación de la solicitud, o que, habiéndola ejercido anteriormente, lleven un año o más sin hacerlo dentro del sector turístico.

Es requisito indispensable para obtener la condición de entidad beneficiaria de las subvenciones que se convocan, no estar incursa en ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

El cumplimiento de los citados requisitos legales se acreditará mediante la presentación por el solicitante de declaración responsable (Anexo I), la cual conllevará también la autorización del solicitante para que el Patronato Provincial de Turismo de Córdoba y la Diputación de Córdoba, obtenga de forma directa los certificados telemáticos de estar al corriente con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 22.1 de la LGS. Asimismo, la presente Convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), Tablón de Anuncios del PPTC, pudiéndose consultar asimismo, en la página web de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

6. Requisitos de los proyectos

Los proyectos se presentarán en un formulario o memoria, junto con una solicitud de participación en el concurso y fotocopia del D.N.I. del emprendedor o emprendedora.

La memoria deberá contener, como mínimo, los siguientes contenidos:

" Datos del emprendedor o emprendedora (Declaración jurada de su residencia)

" Ámbito geográfico de actuación.

" Descripción detallada del servicio o servicios que se van a prestar.

" Descripción del proceso o metodología para su prestación.

" Aspectos innovadores a destacar.

" Datos económicos financieros: descripción de la inversión, financiación y previsiones de ingresos y gastos (3 años).

" Acciones de promoción o Marketing a desarrollar.

" Informe de vida laboral y documentación, en su caso, acreditativa de la condición de discapacitado.

Cada participante solo podrá presentar una solicitud. La documentación se presentará en el registro del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba, sito en la Avda. Ronda de los Tejares, nº 32, Acceso 2, 3ª Planta, Oficina 2,3,4. C.P. 14001 de Córdoba. Asimismo se podrá presentar mediante correo electrónico, que será inscrito en el Registro anteior, a la dirección turismo@cordobaturismo.es

El plazo de presentación de la memoria del proyecto será desde el día siguiente a la publicación de estas bases en el BOP y a su vez en la página web del Patronato de Turismo de Córdoba, hasta el día 11 de noviembre inclusive.

Los emprendedores/as, podrán contar o no con experiencia previa. La iniciativa emprendedora o proyecto podrá estar en distintos grados de desarrollo, pero no se acogerán proyectos cuyo titular esté ya prestando el servicio o producto de que se trate.

La solicitud se presentará en modelo oficial debidamente completada. Anexo I.

Los datos aportados en las solicitudes serán incorporados para su tratamiento en un fichero automatizado, quedando sujetos los de carácter personal al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.

7. Criterios de baremación de los proyectos

Total: 10 puntos.

Atendiendo al proyecto: 7 puntos.

" Calidad de los contenidos de la memoria que contenga el proyecto empresarial. 2 puntos.

" Actividad económica o profesional que se pretenda desarrollar, priorizando aquellas que tengan escasa o nula presencia en el territorio objeto. 2 puntos.

" Innovación en el servicio a prestar, o en el proceso de prestación del mismo. 2 puntos.

" Solvencia y claridad en la exposición del emprendedor o emprendedora. 1 punto.

Atendiendo a las características del Emprendedor o Emprendedora: 3 puntos

" Emprendedor/a que provenga del desempleo. 0,6 puntos.

" Jóvenes hasta 30 años. 0,6 puntos.

" Desempleados de larga duración. 0,6 puntos.

" Discapacitados. 0,6 puntos.

" Experiencia previa en el sector. 0,6 puntos.

Las circunstancias anteriores deberán acreditarse documentalmente.

8. Jurado para la selección del proyecto ganador

1. Presidente de la mesa: Diputada de turismo de Córdoba o persona en quien delegue: Doña Carmen Mª Gómez Navajas.

2. Vicepresidente: Gerente del Patronato de Turismo de Córdoba: Rafael Rodríguez Aparicio.

3. Secretario/a, que lo será el del PPTC o funcionario en quien delegue.

4. Vocales: Gerente de la Mancomunidad de Municipios Guadajoz-Campiña Este, Gerente del Grupo de Desarrollo Rural de Guadajoz, 1 representante por cada Ayuntamientos de los municipios implicados en la Guía Guadajoz Milenario.

El Jurado podrá convocar a los participantes para exponer su proyecto o idea de negocio, contando éstos con un tiempo máximo de 15 minutos para la exposición, así como solicitarles las aclaraciones o detalles que estimen de interés.

9. Fallo del Jurado y selección del proyecto ganador

Una vez analizados los proyectos, y, en su caso, finalizadas las exposiciones presenciales, el Jurado emitirá el correspondiente fallo. El jurado estará facultado para resolver cualquier incidencia relacionada con la aplicación de las presentes bases.

Las decisiones del Jurado serán inapelables y se darán a conocer antes del 5 de diciembre.

El fallo se publicará en la página Web del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba y se comunicará al ganador o ganadora.

A consideración del Jurado, dicho concurso de proyectos empresariales podrá quedar desierto, por entender que los mismos no reúnen los requisitos o criterios exigidos.

10. Premio al proyecto ganador

A. El proyecto seleccionado será premiado con un proceso de asesoramiento y tutorización especializada, por un periodo máximo de tres meses, para la puesta en marcha de su idea, a cargo del Patronato de Turismo y a su vez a través de la Consultora turística a la que se le haya adjudicado la organización de este Proyecto de Dinamización del Sector Turístico, sobre el potencial de recursos en el entorno del Río Guadajoz, a partir de la Guía Guadajoz Milenario.

A tal efecto y una vez concluidos los trabajos, se deberá emitir informe definitivo sobre la actuación correspondiente, todo ello debido a los efectos de la debida justificación del presente concurso.

B. Proporcionando asesoramiento profesional sobre diferentes aspectos: análisis de viabilidad, registro en el R.T.A., subvenciones y ayudas para su proyecto, mecanismos de promoción, etc.

C. El/la ganador/a recibirá además un reconocimiento, que será entregado, en un acto público, por el Patronato Provincial de Turismo de Córdoba, convocando a medios de comunicación. Además se promocionará en las redes sociales del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba.

11. Aceptación de las Bases

El hecho de participar en el Concurso de Proyectos Empresariales para el fomento del emprendimiento dentro del Programa GUADAJOZ MILENARIO implica para los participantes la aceptación de todas y cada una de las cláusulas de las que se componen estas Bases.

El incumplimiento de las mismas llevará implícita la descalificación en el Concurso.

12. Protección de datos

Los datos y contenidos de los proyectos presentados al concurso serán tratados con arreglo a la normativa aplicable para la protección de datos, asegurando la confidencialidad de los mismos, no pudiendo ser tratados para otros fines diferentes a los del concurso.

Córdoba a 2 de octubre de 2018. Firmado electrónicamente: La Vicepresidenta, Carmen María Gómez Navajas.

ANEXO I

DATOS RELATIVOS A LA CONVOCATORIA

Convocatoria del I Concurso de Ideas y Proyectos Empresariales en el Sector Turístico, que convoca el Patronato de Turismo de Córdoba, incluido en el PROGRAMA PARA LA DINAMIZACIÓN DEL SECTOR TURÍSTICO, SOBRE EL POTENCIAL DE RECURSOS EN EL ENTORNO DEL RÍO GUADAJOZ, A PARTIR DE LA GUÍA GUADAJOZ MILENARIO. Actuaciones del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba para llevar a cabo durante el año 2018. B.O.P. de Córdoba nº _________ de fecha _________

DATOS DEL SOLICITANTE

Solicitante: DNI:

Domicilio:

C.P:

Teléfono:

Email:

El/la solicitante arriba indicado

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

1. Que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud y que reune las condiciones exigidas en la presente convocatoria.

2. Que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, tributarias y de Seguridad Social y que no está comprendido/a en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones, previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; comprometiéndose a comunicar al órgano instructor cualquier circunstancia que pudiese alterar la presente declaración desde el momento en que ha sido formulada hasta la finalización de la fecha de justificación de la subvención.

3. Que la presentación de esta solicitud conlleva la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social. La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos de concesión, reconocimiento, seguimiento y control de subvenciones y ayudas.

4. Que se compromete a facilitar la información y documentación que se solicite.

SOLICITA: Le sea admitida la solicitud para la Convocatoria de Subvenciones del I Concurso de Ideas y Proyectos Empresariales en el Sector Turístico, incluido en el  Programa para la dinamización del sector turístico, sobre el potencial de recursos en el entorno del río Guadajoz, a partir de la Guía Guadajoz milenario

Firma:

SRA. VICEPRESIDENTA DEL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE CÓRDOBA

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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