Boletín nº 195 (09-10-2018)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 3.348/2018

RETRIBUCIONES Y ASISTENCIAS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN PROVINCIAL AÑO 2018

El Pleno de la Excma. Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de septiembre de 2018, adoptó el siguiente acuerdo, de conformidad con lo establecido en los artículos 75 y 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y artículo 13 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto no se opone a dicha Ley, sobre retribuciones para los miembros de la Corporación, con los efectos que se indican:

1. DIPUTADOS/AS CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA:

Para cada uno de los cargos, sus retribuciones quedan fijadas en los siguientes importes anuales que incluyen doce mensualidades y dos pagas extraordinarias semestrales del mismo importe, con efectos de 1 de enero de 2018:

Cargo

Total año

1

Presidente

60.253,61 €

4

Vicepresidentes

54.444,53 €

12

Diputados Delegados y Portavoces

49.163,95 €

3

Diputados liberados

42.825,23 €

2. DIPUTADOS/AS CON DEDICACIÓN PARCIAL:

Para cada uno de los cargos, sus retribuciones quedan fijadas en los siguientes importes por mensualidad y por paga extraordinaria semestral, referidos a los periodos que se indican:

Porcentaje dedicación

Total año

2

Con dedicación al 75 %

32.118,93 €

1

Con dedicación al 50 %

21.412,62 €

3. DIPUTADOS/AS SIN DEDICACIÓN EXCLUSIVA NI PARCIAL:

Los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial percibirán con efectos desde su aprobación las siguientes cantidades por asistencias efectivas a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de los que forman parte.

a. Por asistencia a cada sesión ordinaria de Pleno: 520 euros.

b. Por asistencia a cada sesión ordinaria de Comisiones Informativas y otras Comisiones constituidas por acuerdo plenario: 64 euros.

c. Por asistencia a cada sesión extraordinaria de Pleno, Comisiones Informativas y otras Comisiones constituidas por acuerdo plenario: el 50% de lo que corresponda a una sesión ordinaria.

No se podrá cobrar más de una asistencia al día por órgano colegiado, aunque se asista a más de una sesión.

Lo que se publica en cumplimiento del artículo 75.5 de la Ley de Bases del Régimen Local y acuerdo plenario.

Córdoba a 4 de octubre de 2018. Firmado electrónicamente: El Vicepresidente 4º y Delegado de Hacienda y Recursos Humanos, Salvador Blanco Rubio.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad