Boletín nº 195 (09-10-2018)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 3.349/2018

RETRIBUCIONES DEL PERSONAL EVENTUAL AÑO 2018

El Pleno de la Excma. Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de septiembre de 2018, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

6. RETRIBUCIONES PERSONAL EVENTUAL, 2018:.../...

El artículo 18. Dos. de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado, dispone que en el año 2018, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 1,5 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2017, en términos de homogeneidad para los dos periodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo. Y se añadía: Además de lo anterior, si el incremento del Producto Interior Bruto (PIB) a precios constantes en 2017 alcanzara o superase el 3,1 por ciento se añadiría, con efectos de 1 de julio de 2018, otro 0,25 por ciento de incremento salarial. A los efectos de lo dispuesto en este apartado, en lo que a incremento del PIB se refiere, se considerará la estimación avance del PIB de cada año publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Una vez publicado el avance del PIB por el INE, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros se aprobará, en su caso, la aplicación del incremento.

Según el acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de julio de 2018, el INE publicó el 30 enero de 2018 la "Estimación avance del PIB trimestral. Base 2010. Cuarto trimestre de 2017", señalando que la tasa anual de PIB se sitúa en el 3,1% en el cuarto trimestre de 2017 y así lo ha certificado con fecha 6 de julio. Por tanto, dado que se dan todos los requisitos exigidos, el Gobierno ha aprobado el incremento del 0,25% adicional en las retribuciones del personal al servicio del sector público.

De acuerdo con lo anterior, procede incrementar las retribuciones del personal eventual vigentes a 31 de diciembre de 2017 en los siguientes porcentajes: de enero a junio, el 1,50%, y de julio a diciembre el 0,25% adicional al anterior.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y ss. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se propone al Pleno aprobar los nuevos importes de las retribuciones mensuales y pagas extraordinarias del personal eventual de la Corporación, con los efectos que se indican:

Enero a junio

Julio a diciembre

TOTAL

CARGO

Importe mes

y extra

Importe mes

y extra

AÑO

Jefatura de Gabinete de Presidencia

3.507,35 €

3.515,99 €

49.163,35 €

Jefatura de Comunicación

3.000,75 €

3.008,14 €

42.062,27 €

Asesor/a de Gobierno

2.423,36 €

2.429,33 €

33.968,88 €

Asesor/a de Grupo

2.423,36 €

2.429,33 €

33.968,88 €

Secretario/a Particular

2.423,36 €

2.429,33 €

33.968,88 €

Administrativo/a Delegaciones

1.777,78 €

1.782,16 €

24.919,63 €

Administrativo/a Grupos Políticos

1.777,78 €

1.782,16 €

24.919,63 €

Lo que se publica en cumplimiento de la normativa vigente y acuerdo plenario.

Córdoba a 4 de octubre de 2018. Firmado electrónicamente: El Vicepresidente 4º y Delegado de Hacienda y Recursos Humanos, Salvador Blanco Rubio.

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