Boletín nº 203 (22-10-2018)

VIII. Otras Entidades

Instituto de Cooperación con la Hacienda Local
Córdoba

Nº. 3.422/2018

Resolución de 18 de septiembre de la Vicepresidencia del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local (Organismo dependiente de la Diputación Provincial de Córdoba), en ejercicio de las competencias delegadas por la Presidencia mediante Decreto de fecha 30 de junio de 2015, sobre creación del sello electrónico del Organismo.

"La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone en su artículo 40 que las Administraciones Públicas podrán identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica. La relación de sellos utilizados, incluyendo la características de los certificados electrónicos y los prestadores que los expiden, deberá ser pública y accesible por medios electrónicos, debiendo adoptarse las medidas adecuadas para facilitar la verificación.

El artículo 42 de la referida Ley, establece que cada Administración podrá determinar los supuestos de utilización del sello electrónico como sistema de firma para el ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada. Así mismo, el artículo 45, regula la posibilidad de superponer el sello electrónico con el fin de favorecer la interoperabilidad y posibilitar la verificación automática de la firma electrónica de los documentos.

El Real Decreto 1.671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, declarado vigente en la disposición derogatoria única número 2, letra g), de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 19.1 que la creación de sellos electrónicos se realizará mediante resolución del titular del Organismo público competente, que se publicará en la sede electrónica correspondiente.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de los Estatutos del Organismo, corresponde a la Presidencia la competencia para aprobar la presente resolución.

En virtud de todo lo expuesto, se adoptan los siguientes acuerdos:

Primero. Crear el Sello Electrónico Cualificado del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local, Organismo Autónomo dependiente de la Diputación de Córdoba, con las siguientes características:

a) La titularidad y la responsabilidad sobre la utilización del sello que se crea, corresponde al Organismo Autónomo Instituto de Cooperación con la Hacienda Local.

b) La custodia del sello, así como la disposición de los medios de seguridad informática necesarios para garantizar su protección, corresponderá a la Empresa Provincial de Informática S.A. (EPRINSA), entidad pública que tiene encomendada la prestación integral de los servicios informáticos. Esta empresa, asegurará el acceso y la correcta utilización del sello electrónico para los supuestos autorizados en que deba emplearse como sistema de firma para el ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada.

c) Las características técnicas generales del sistema de firma y certificado aplicable son las derivadas del Esquema Nacional de Interoperabilidad y de la política de firma electrónica, que deben constar en la Declaración de Practicas de Certificación aprobadas por el prestador de servicios de certificación que corresponda.

d) La verificación del certificado podrá realizarse a través del servicio VALIDE de la plataforma de validación de certificados de la Administración General del Estado, accesible en https://valide.redsara.es

Segundo. En las actuaciones administrativas automatizadas del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local, será competencia de la Gerencia, en su condición de titular de la Dirección del Organismo, la autorización, definición de sus especificaciones, supervisión y control de calidad, así como la responsabilidad en caso de impugnación.

En cuanto a la programación y mantenimiento de las actuaciones administrativas automatizadas, así como la auditoría del sistema de información y de su código fuente, corresponderá a la Empresa Provincial de Informática S.A. (EPRINSA), empresa pública dependiente de la Diputación Provincial de Córdoba.

Tercero. El Sello Electrónico Cualificado del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local podrá ser utilizado para la identificación y autenticación del ejercicio de la competencia en las siguientes actuaciones administrativas automatizadas:

a) Intercambio de información con otras Administraciones, corporaciones, organismos, entidades e instituciones públicas.

b) Procesos de sellado de documentos electrónicos, con el objeto de facilitar su interoperabilidad, conservación y legibilidad.

c) Comunicaciones y escritos realizados con los ciudadanos en los procedimientos y actuaciones propias del organismo.

d) Generación y emisión de copias auténticas a partir de documentos electrónicos y de documentos en soporte no electrónico.

e) Cualquier otra actividad de la sede electrónica susceptible de ser soportada mediante una actividad administrativa automatizada.

Cuarto. La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Sede Electrónica del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local".

Córdoba, 11 de octubre de 2018. Firmado electrónicamente: El Vicepresidente del Organismo, Salvador Blanco Rubio.

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