Boletín nº 203 (22-10-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 3.501/2018

ANUNCIO CONVOCATORIA DEL PROCESO DE SELECCIÓN PAERA LA PROVISION DE UNA PERSONA PARA LA DINAMIZACIÓN DE LA SOCIEDAD Y DESARROLLO LOCAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA EMPRENDE 2018.

Por Decreto de Alcaldía número 1075/2018, de 17 de octubre, por la Alcaldía de este Ayuntamiento de Benamejí (Córdoba) ha convocado las pruebas selectivas para la contratación en régimen de personal laboral temporal de una persona para la dinamización de la sociedad y desarrollo local en el marco del Programa Emprende 2018, de conformidad con el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 17 de octubre de 2018, por el que se acuerda la aprobación de las bases reguladoras del proceso selectivo, las cuáles se transcriben a continuación:

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO, MEDIANTE CONCURSO, PARA LA SELECCIÓN DE UNA PERSONA PARA LA DINAMIZACIÓN DE LA SOCIEDAD Y DESARROLLO LOCAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA EMPRENDE 2018

Primera. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria es la contratación de una persona para la dinamización de la sociedad y desarrollo local con destino en la Biblioteca Municipal de conformidad con lo previsto en la memoria presentada, en el marco del programa Emprende 2018 para la contratación de desempleados, de acuerdo con la convocatoria de ayudas a la contratación dentro del precitado programa.

La precitada contratación deberá realizarse antes del día 31 de octubre de 2018, lo que justifica los plazos establecidos para la presentación de solicitudes, plazos para resolver y plazo para la presentación de alegaciones o subsanaciones.

Por Resolución de la Presidencia del Instituto Provincial de Desarrollo Económico, de acuerdo con el anuncio de fecha 2 de octubre de 2018, se concede con carácter definitivo a este Ayuntamiento subvención para realizar la contratación de una persona para la dinamización de la sociedad y desarrollo local con destino en la Biblioteca Municipal, en el marco del programa Emprende 2018 para la contratación de desempleados por un importe de 3.367,50 €.

Titulación exigida: Grado en Maestro de Educación Infantil.

Duración: 12 meses.

Tipo de contratación: Laboral temporal.

Jornada: Media.

Salario bruto anual (incluido prorrateo de pagas extras): 10.292,64 euros.

Funciones: las previstas en la memoria que se adjunta.

El proceso selectivo se regulará por las presentes bases, y en lo no previsto en ellas, por lo establecido en el Real decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada, la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 y demás normativa que resulte de aplicación.

Segunda. Condiciones de los aspirantes

Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

e) Poseer la titulación de Grado en Maestro de Educación Infantil, o en su caso, en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de instancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener la titulación académica exigida cuando se hayan abonado los derechos por su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

g) Estar desempleado e inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) como demandante de empleo.

Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso, así como, en su caso, en el momento de formalización de los contratos.

Tercera. Forma y plazo de presentacion de instancias

Las solicitudes para tomar parte en la correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Segunda, se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Benamejí, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento, en los lugares que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 7 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, sin perjuicio de la publicación que se realice en el Tablón de Anuncios electrónico.

En la solicitud los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Segunda.

La solicitud de participación deberá ir acompañada por:

- Fotocopia del DNI, o documento equivalente en caso de nacionales de la Unión Europea o extranjeros con residencia legal en España.

- Fotocopia compulsada del título de Grado en Maestro de Educación Infantil o del abono de las tasas por su expedición, en el caso de estar en condiciones de obtener la titulación correspondiente.

- Documento que acredite la inscripción como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo en condición de desempleado.

- Curriculum vitae del aspirante al que se acompañarán los documentos justificativos de los méritos relacionados en el mismo para poder ser valorados en la fase de concurso. No serán tenidos en cuenta los méritos alegados sin el debido respaldo documental y no se podrán completar o aportar más méritos de los ya aportados junto con el currículum con posterioridad al plazo de presentación de instancias.

Los aspirantes otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con la normativa vigente en la materia.

Cuarta. Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la Página Web del mismo, se concederá un plazo de tres días naturales para subsanación.

Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, publicándose en los medios precitados.

Quinta. Tribunal Calificador

El Tribunal Calificador de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, estará constituido por:

" D. Rafael Torres Tenllado (Presidente).

" D. Juan Espejo Ávila (Vocal).

" D. Ángel Lendínez Villalba (Vocal).

" Dña. Natividad Nieto Granados (Vocal).

" Dña. Inés De Pablo Salazar (Secretario).

D. José Manuel Pérez Nadal (Suplente Secretario).

Se atenderá en lo posible a la paridad entre hombre y mujer. El personal de elecci

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