Boletín nº 204 (23-10-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 3.413/2018

El Alcalde de esta ciudad, hace saber:

De conformidad con la resolución de esta Alcaldía de fecha 25 de septiembre de 2018, publicada mediante Anuncio nº 3.216/2018, insertado en el Boletín Oficial de la Provincia número 194, de 8 de octubre de 2018, en virtud de la cual se aprueba el texto definitivo del Convenio Urbanístico de Gestión y Monetarización que afecta al sector ARI-14 del PGOU de Cabra, para llevar a cabo la ejecución del Proyecto de Reparcelación vinculado al Sector, suscrito entre este Ayuntamiento y la entidad mercantil INJUPISA, S:LU, propietaria única del ámbito afectado por el Convenio Urbanístico de Gestión, y cuyo plazo de vigencia es de cuatro años, se procede a la publicación del citado Convenio Urbanístico, cuyo texto definitivo es el que aparece como Anexo al presente Edicto.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cabra a 10 de octubre de 2018. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Fernando Priego Chacón.

ANEXO

En la ciudad de Cabra, a 20 de septiembre de 2018.

REUNIDOS

De una parte, el AYUNTAMIENTO DE CABRA, representado por D. Fernando Priego Chacón, Alcalde-Presidente, debidamente facultado para este acto.

Y, de la otra, la mercantil INJUPISA SLU, representado por D. José Antonio Piedra Trujillo, mayor de edad, con domicilio profesional en Córdoba, Avenida del Brillante nº 52 y provisto de D.N.I. número 30.473.633-J, con facultades suficientes y en vigor para el otorgamiento de este contrato.

INTERVIENEN

El Sr. Don Fernando Priego Chacón, como Alcalde-Presidente en representación del Ayuntamiento de Cabra.

El Sr. Don José Antonio Piedra en nombre y representación de la mercantil INJUPISA SLU, sociedad de nacionalidad española, con domicilio social en Avenida del Brillante nº 52, de la ciudad de Córdoba, constituida con duración indefinida mediante escritura autorizada por el notario que fue de Córdoba don Santiago Echevarría Echevarría, el día 12 de septiembre de 1994, con el número 3705 de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de Córdoba, al tomo 900, Folio 197, Hoja número CO-7.627, inscripción 1ª y provista de número de identificación fiscal B-14393037.

Actúa en su calidad de administrador único de la mercantil Injupisa S.L, cargo para el que fue nombrado en virtud de los acuerdos sociales tomados por la Junta general universal de la citad entidad, celebrada el día 26 de Noviembre de 2008, y elevados a público mediante escritura autorizada por el notario de Córdoba, Don Carlos Alburquerque Llorens, el día 27 de Noviembre de 2008, con el número 6368 de su protocolo, y que se haya debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Córdoba, al Tomo 1228, folio 208, Hoja CO-7627, inscripción 21.

Acompaña como anexo nº 1 escritura de constitución de Injupisa SLU y Nombramiento de don José Antonio Piedra como Administrador Único.

Todos ellos mayores de edad, con capacidad de obrar no encontrándose incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.

Los comparecientes, según intervienen, se reconocen mutuamente capacidad para suscribir el presente convenio y,

EXPONEN

I. Que la mercantil IJUPISA S.L., es propietaria de la totalidad del ARI 14 del vigente PGOU de Cabra.

Descripción física: Parcela de terreno que según medición efectuada por el Ingeniero Técnico Agrícola D. Juan Antonio Muriel Viciana es de 7.531,20 m².

Limita al Norte con la Avenida Fuente del Río; al este, con el solar urbano nº 24, hoy ocupado por vivienda unifamiliar aislada de nueva construcción con referencia catastral 3281703UG7438S0001LL, y con dos parcelas rústicas dedicadas a huerta con referencias catastrales 14013A024002280000GH y 14013A024002290000GW, con clasificación como urbanizable no sectorizado; al sur con parcela rústica dedicada a huerta con referencia catastral 14013A024002310000GH, recogida dentro del ámbito del ARI-15; y al oeste con parcela urbana de uso terciario con implantación de un supermercado y aparcamientos anejos.

Acceso: A la Finca se accede por la Avenida Fuente del Río con la que limita al Norte.

Referencia Catastral:Comprende las referencias catastrales números 3281702UG7438S0001PL y 14013AO24002300000GU.

Datos Registrales: Rústica:Huerto de tierra de riego y arboleda frutal, con una casa de teja, que carece de número, en el paraje Camino de Priego y Cruz del atajadero. Tiene una superficie de terreno de sesenta y siete áreas ochenta y siete centiáreas, es decir, seis mil setecientos ochenta y siete metros cuadrados.

Linderos. Norte; Carretera o camino de Priego; Sur, Huerta de Francisco García Rojas; Este, Huerta de Francisco García rojas; Oeste, José Quevedo Morales.

Inscripción:Inscrita la titularidad del pleno dominio de la finca a favor de Injupisa S.L. en el Registro de la Propiedad de Cabra, al tomo 989, libro 672, folio 62, alta 11, finca de Cabra número 9597.

Cargas y gravámenes:Libre de toda clase de cargas, servidumbres, gravámenes, arrendamientos y ocupantes, estando al corriente en el pago de tributos, arbitrios, gastos y contribuciones.

Se adjunta como Anexo nº 2 copia de la certificación Registral de la finca.

Descripción urbanística: Normativa aplicable: Plan General de Ordenación Urbana de Cabra.

Ámbito: ARI 14 Fuente del Río.

Clase de Suelo: Urbano no consolidado.

Superficie Total: 7.531,20.

Uso global: Terciario.

Superficie edificable total: 6.100 m²t.

II. Que conforme a lo previsto en la legislación urbanística y en el planeamiento vigente, dicha Unidad de Ejecución requería para su desarrollo la tramitación y aprobación de un Estudio de Detalleque ha sido redactado, por encargo de la propietaria, por los Arquitectos Superiores don Javier Muñoz Aguilar y don Raúl Aguilera Granados.

El citado Estudio de Detalle fue aprobado definitivamente en sesión del Pleno del Ayuntamiento de Cabra celebrada el día 30 de noviembre de 2015 y publicada en el Boletín Oficial de la provincia el día 4 de febrero de 2016.

III. Que, estando pendiente de iniciación el procedimiento para la aprobación del instrumento de distribución de cargas y beneficios, Administración actuante y la propietariaúnica han acordado concretar el 10% del aprovechamiento urbanístico de la unidad correspondiente al Ayuntamiento por cesiones.

IV. Que a tales fines, al amparo de lo previsto en el artículo 130.1 b), 138 y artículo 30.2.2ª de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, Ley 7/2002, de 17 de diciembre, aplicable a la ejecución del referido ámbito en virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitorias Primera, Segunda y Tercera de la referida Ley suscriben el presente Convenio Urbanístico conforme a las siguientes:

ESTIPULACIONES

Primera. Compromiso municipal

El Ayuntamiento de Cabra acepta la ejecución del sistema de actuación del ARI 14 del PGOU mediante convenio urbanístico de propietario Único.

Segunda. Objeto

Que constituye objeto del presente Convenio:

A) El establecimiento del sistema de compensación para el desarrollo del ARI 14 del PGOU de Cabra.

B) La regulación de los compromisos que, consecuencia del establecimiento del sistema, adquieren la propietaria única.

C) La monetización del 10% del aprovechamiento urbanístico del ARI 14 de titularidad municipal.

D) Programa de desarrollo de la edificación.

A) Establecimiento del sistema de compensación:

Tercera.

Que la propietaria de la UE está dispuesta y se obliga a asumir por sí la entera actividad de ejecución del referido ámbito sin el concurso de agente urbanizador, asumiendo en su totalidad cargas y beneficios como titular de la superficie total del ámbito de la UE.

En cumplimiento del artículo 130.2, d) de la LOUA, y a fin de acreditar la suficiencia económica, financiera y técnica de la iniciativa se aportan a este Convenio como documentos Anexos nº 3, 4 y 5; Auditoria de cuentas de la mercantil Injupisa SLU donde consta sobradamente acreditada la solvencia económica y financiera de Injupisa SLU y con relación a los técnicos redactores de este Convenio y Proyectos de Reparcelación y Urbanización, de cuya solvencia técnica es conocedor este Ayuntamiento, certificado de Colegiación de los mismos.

Cuarta.

Que el Ayuntamiento de Cabra presta su conformidad al sistema de ejecución propuesto por lo que, mediante el presente Convenio, establece el sistema de ejecución conforme a lo previsto en los artículos 108.2 y 138 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

A la tramitación del Proyecto de Reparcelación le será de aplicación las previsiones contenidas en dicha Ley para los casos de propietario único, sin necesidad de constitución de Junta de Compensación.

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