Boletín nº 208 (30-10-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Nueva Carteya

Nº. 3.559/2018

Don Vicente Tapia Expósito, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Nueva Carteya (Córdoba).

Decreto: Visto que el artículo 326 de Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), establece que estarán asistidos por una Mesa de Contratación los expedientes de contratación que se tramiten por el procedimiento abierto, abierto simplificado, restringido, de dialogo competitivo, de licitación con negociación y de asociación para la innovación.

Visto que la Disposición Adicional Segunda, apartado 7, de la LCSP establece que la Mesa de Contratación estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma, y formarán parte de ella como vocales, el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.

Visto igualmente, que el párrafo último del apartado 7, de la Disposición Adicional Segunda, de la LCSP establece que la composición de la Mesa de Contratación se publicará en el Perfil del Contratante del órgano de contratación correspondiente y que se podrán constituir Mesas de Contratación Permanentes.

Visto que conforme a lo establecido en el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, la designación de los miembros de la Mesa de Contratación podrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de cada contrato. Si es una Mesa permanente, o se le atribuyen funciones para una pluralidad de contratos, su composición deberá publicarse además en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según se trate de la Administración General del Estado, de la Autonómica o de la Local.

Visto cuanto antecede y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por el presente

Ha resuelto: primero. Constituir Mesa de Contratación Permanente para el órgano de contratación "Alcaldía-Presidencia" del Ayuntamiento de Nueva Carteya, con las funciones que le atribuyen el artículo 326 y la Disposición Adicional Segunda, apartado 7, de la LCSP.

Segundo. La composición de la Mesa de Contratación Permanente, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda, apartado 7, de la LCSP será la siguiente:

1. Presidente: D. Vicente Tapia Expósito. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.

2. Secretario: D. Antonio Tapia Torres, funcionario. Administrativo de Administración General.

3. Vocal 1: Enrique Reina Tristancho, Secretario-Interventor del Ayuntamiento.

4. Vocal 2: Carlos Javier Villatoro Luque, Auxiliar Técnico de Obras.

5. Vocal 3: D. Andrés Carpio García, funcionario. Administrativo de Administración General del Ayuntamiento.

Se dejan designados como Presidentes Suplentes, para el caso de imposibilidad de asistencia del Sr. Alcalde a los siguientes Tenientes de Alcalde o concejales de su Equipo de Gobierno.

D. José Pérez Burrueco Primer teniente de Alcalde.

D. Helena Amo Oteros. Segunda Teniente de Alcalde.

Dª. Herminia López Luque. Tercera Teniente de Alcalde.

D. Francisco Pérez Pavón. Cuarto Teniente de Alcalde.

D. José Cuevas Roldan. Concejal.

D. Ana Isabel Tapia Priego. Concejala.

D. Vicente López Ramírez. Concejal

Se deja designado como Secretario Suplente, para el caso de imposibilidad de asistencia del Secretario titular, al funcionario del Ayuntamiento D. Vicente Urbano García.

Se deja designado como Suplentes de los vocales a los siguientes trabajadores del ayuntamiento:

Del Vocal 1 a D. José Arjona Toledano, funcionario.

Del Vocal 2 a D. Francisca Priego González, técnico urbanismo.

Del Vocal 3 a D. Ana Maria Torres Castellano, Auxiliar administrativo.

Tercero. El Presidente de la Mesa de Contratación podrá requerir la incorporación a la misma, con voz y sin voto, de cuanto personal asesor crea conveniente en razón de sus especiales conocimientos técnicos, solicitar la asistencia a sus sesiones de cualquier otro empleado público, así como solicitar los informes internos y externos adicionales que considere precisos para el ejercicio de sus funciones; el citado personal ejercerá funciones de informe y asesoramiento en forma no vinculante a los componentes de la Mesa.

Cuarto. Sin perjuicio de las prevenciones normativas vigentes, el funcionamiento de la Mesa de Contratación Permanente se ajustará a lo siguiente:

- La Mesa se reunirá de acuerdo con lo establecido en los Pliegos que para cada procedimiento apruebe el órgano de contratación competente.

- El Presidente de la Mesa ejercerá las funciones de dirección y coordinación de sus reuniones.

- El Secretario de la Mesa levantará acta de cada reunión; asiste al Presidente en las sesiones para asegurar el orden de los debates y la corrección de las votaciones, colaborando asimismo al normal desarrollo de los trabajos de la Mesa según las disposiciones del Presidente.

- Para la válida constitución de la Mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros y, en todo caso, el Presidente, el Secretario de la Mesa y el Secretario-Interventor del Ayuntamiento que es el que ejerce las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico financiero presupuestario del órgano de contratación.

- Todos los acuerdos de la Mesa se adoptarán por mayoría simple de sus miembros, decidiendo, en caso de empate, el voto de calidad del Presidente de la Mesa.

- Todos los miembros de la Mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del Secretario de la Mesa que sólo tendrá voz, así como del personal asesor que, en su caso, asista a requerimiento o solicitud del Presidente, que igualmente sólo tendrá voz.

Quinto. Publicar la composición de la Mesa de Contratación Permanente en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Nueva Carteya, ubicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Lo mandó y firmó en Nueva Carteya, 9 de octubre de 2018. El Alcalde, Vicente Tapia Expósito. Da fe. El Secretario, Enrique Reina Tristancho.

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