Boletín nº 209 (31-10-2018)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 3.400/2018

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: 1.493/13. Ejecución nº: 179/2014. Negociado: IB

De: D. Francisco Montilla Cobo, D. Francisco Chacón Sarrión, D. Carlos Torres Ramírez, D. Juan Román Jurado, D. Miguel Ángel González Merón, D. Pablo Castilla Valle, D. Francisco González Gómez y D. Antonio Castilla Valle

Contra: Autos López S.A., Iberautos López S.L., Cordobautos López, S.L. y FOGASA

 

DOÑA DOLORES DE LA RUBIA RODRÍGUEZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en este Juzgado se sigue Ejecución número 179/2014, dimanante de autos núm. 1.493/13, en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancias de D. Francisco Montilla Cobo, D. Francisco Chacón Sarrión, D. Carlos Torres Ramírez, D. Juan Román Jurado, D. Miguel Ángel González Merón, D. Pablo Castilla Valle, D. Francisco González Gómez y D. Antonio Castilla Valle contra Autos López S.A., Iberautos López S.L., Cordobautos López, S.L. y FOGASA, habiéndose dictado Diligencia de ordenación que dice:

Diligencia de Ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia Sra. Dª. Dolores de La Rubia Rodríguez. En Córdoba, a 18 de septiembre de 2018.

El anterior escrito presentado por la Procuradora Sra. Carmen María Moreno Reyes, actuando en nombre y representación de D. Francisco Montilla Cobo, D. Francisco Chacón Sarrión, D. Carlos Torres Ramírez, D. Juan Román Jurado, D. Miguel Ángel González Merón, D. Pablo Castilla Valle, D. Francisco González Gómez y D. Antonio Castilla Valle, adjuntado poder notarial acreditando su representación, únase a los autos de su razón.

Se tiene a dicha Procuradora por designada para la representación de la parte ejecutante bajo la dirección técnica del Letrado Sr. Eduardo Villarejo Lozano, conforme a la venia concedida al mismo por el anterior Letrado D. Emilio Sánchez Ciudad.

Se tienen por personada a la Pocuradora Sra. Moreno Reyes, en la representación de la parte ejecutante con quien habrá de entenderse las actuaciones que dimanen del presente procedimiento, poniendo a disposición de la misma los autos a fin de que pueda instruirse de los mismos asi como expedir copia de lo actuado.

A la vista de lo solicitado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 590 de la L.E.C., se autoriza averiguación patrimonial actualizada, mediante consulta telemática, respecto de los bienes y derechos de los que pudiera ser titular las ejecutadas Autos López S.A., Iberautos López S.L. y Cordobautos López, S.L. de los que se tenga constancia en las Bases de Datos de la T.G.S.S, Agencia Tributaria, I.N.S.S y demás organismos respecto de los cuales se tiene Convenio por los Juzgados y Tribunales, practicándose la misma por medio del Punto Neutro Judicial, autorizándose a dichos efectos a funcionario habilitado.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).

Y para que sirva de notificación en forma a Cordobautos López, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba, a 18 de septiembre de 2018. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, María Dolores de la Rubia Rodríguez.

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