Boletín nº 209 (31-10-2018)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 3.549/2018

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 785/2018. Negociado: V

De: Dª Sonia Moya Zamora

Abogada: Dª. María Inmaculada Gálvez Velasco

Contra: Baby Láser Exportaciones S.L. y Láser Baby S.L.

 

DOÑA OLGA RODRÍGUEZ CASTILLO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 785/2018, a instancia de la parte actora Dª. Sonia Moya Zamora contra Baby Láser Exportaciones S.L. y Láser Baby S.L., sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado resolución del día de la fecha del tenor literal siguiente:

Diligencia de Ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia Sra. Dª. Olga Rodríguez Castillo. En Córdoba, a 16 de octubre de 2018.

Llevada a cabo la averiguación integral de domicilio de las empresas demandadas Baby Láser Exportaciones S.L. y Láser Baby S.L., quedan los resultados unidos a los autos y, constando además de la dirección aportada en demanda la de C/ Isla Madeira, 2 de Córdoba, se hace entrega al Cuerpo de Auxilio lo actuado hasta el día de la fecha para su diligenciado personal.

Ad-cautelam, se acuerda a los fines de la citación como parte a las demandadas Baby Láser Exportaciones S.L. y Láser Baby S.L., a los actos de Conciliación y/o juicio, señalados para el día 6 de noviembre de 2018, a las 11:45 horas, así como a la prueba de interrogatorio, proceder a su comunicación por medio de edictos, insertando la presente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el tablón digital de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente dispongan otra cosa.

As imismo, cítese como parte al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de las demandas, a los efectos previstos en el artículo 23.2 de la Ley de Jurisdicción Social.

Notifíquese esta resolución a las partes habiéndole saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres dias hábiles contados desde el siguiente de la notificación.

Y para que sirva de notificación a las demandadas Baby Láser Exportaciones S.L. y Laáer Baby S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Cordoba, a 16 de octubre de 2018. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Olga Rodríguez Castillo.

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