Boletín nº 215 (09-11-2018)

VIII. Otras Entidades

Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí
Córdoba

Nº. 3.797/2018

La Sra. Presidenta de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí ha aprobado por Decreto el día 7 de noviembre de 2018, las Bases de la IX Bienal de Artes Plásticas Rafael Botí, cuyo literal es el siguiente:

IX BIENAL DE ARTES PLÁSTICAS RAFAEL BOTÍ

La Fundación Provincial de Artes Plásticas "Rafael Botí" convoca la IX Bienal de Artes Plásticas Rafael Botí, con los objetivos de fomentar la creación visual contemporánea, así como la experimentación artística multidisciplinar. Se crea con este fin una bolsa de compra, para la adquisición de obras que pasarán a formar parte de sus fondos artísticos , con arreglo a las siguientes:

BASES

Primera

Podrán participar todos los artistas que lo deseen, independientemente de su nacionalidad o lugar de residencia.

Segunda

La dotación económica de la IX Bienal de Artes Plásticas Rafael Botí será de CUARENTA Y CINCO MIL EUROS (45.000,00 €), que se imputará a la aplicación presupuestaria 3333.685.01 del presupuesto General de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí para el ejercicio 2018 y que se destinará a la adquisición de las obras propuestas por el Jurado, pudiendo éste reservarse la posibilidad de no destinar parte o la totalidad de dicha cantidad a la compra de las mismas, si así lo estimara conveniente por deficiencias en el interés o calidad de los trabajos presentados. Las obras premiadas pasarán a formar parte de la colección artística de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí. Los autores cuya obra sea adquirida, cederán por escrito a la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, a título gratuito, los derechos de explotación de la obra presentada en las modalidades de reproducción, comunicación pública y distribución.

Las propuestas de adquisición del Jurado se elevarán al órgano competente de la Fundación para su resolución, con respeto en todo caso, a la normativa reguladora de la contratación de las Administraciones Públicas.

Tercera

Los artistas participantes podrán presentar una sola obra en cada una de las modalidades de pintura, escultura, fotografía y vídeo. Tanto la técnica como las dimensiones y temática serán de libre elección.

Cuarta

La presentación a la Bienal se realizará en dos fases: Una de preselección y otra de selección final.

A) Fase de Preselección:

A.1. Documentación a presentar:

Para la fase de preselección que realizará el jurado, se presentará la siguiente documentación a través de la sede electrónica de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí (https://dipucordoba.es/fundacionboti_sede):

a) Impreso de participación en la convocatoria de la IX Bienal de Artes Plásticas Rafael Botí (A rellenar en la Sede Electrónica en el momento de la presentación). Este formulario estará disponible desde el primer día en que sea posible la tramitación en la Sede Electrónica de la Fundación Rafael Botí, en la dirección https://dipucordoba.es/fundacionboti_sede.

b) Dossier de cada una de las obras presentadas en la que figurará los siguientes términos: nombre del autor, título de la obra, técnica empleada, dimensiones (duración en caso de vídeo), fecha de realización, fotografías en color de la obra y valoración económica de la misma (IVA incluido).

Se recomienda, a efectos de valorar la trayectoria del artista, la presentación de la siguiente documentación:

a) Curriculum vitae con especificación de los méritos, premios y exposiciones celebradas.

b) Dossier gráfico que contenga información sobre la trayectoria de su trabajo.

A.2. Plazo de Presentación

El plazo de presentación de la documentación indicada en el punto anterior se realizará del 19 al 25 de noviembre de 2018.

En el caso de que la solicitud no reúna los requisitos exigidos en las Bases de la convocatoria, se requerirá, mediante anuncio publicado en el Tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, para que en el plazo de 5 días, subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su petición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previa resolución en los términos previstos en el artículo 21 de la referida Ley.

B) Fase de selección

Una vez valoradas las solicitudes presentadas, el jurado formulará la propuesta de los artistas que pasarán a esta segunda fase. Dicha propuesta será publicada en el Tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí.

B.1. Lugar de presentación

Los artistas seleccionados para esta segunda fase deberán presentar las obras de arte personalmente, por persona autorizada, o por medio de cualquier empresa de transporte, en todos los casos en horario de 9,00 a 14,00 horas a la siguiente dirección:

Centro de Arte Rafael Botí

C/ Manríquez, 5

14071 Córdoba

La entrega, recepción y depósito de las obras se realiza en la sede del Centro de Arte Rafael Botí en Córdoba, lugar donde se realizará la selección y posterior exposición de las obras seleccionadas.

Los gastos de envío y retorno, así como los seguros de transporte de las obras, correrán por cuenta del autor. Las obras se enviarán dentro de embalaje reutilizable.

B.2. Plazo de Presentación

El plazo de presentación de las obras será del 10 a 14 de diciembre de 2018, entregándose en el momento de la recepción un recibo que acredite su depósito.

Quinta

La Fundación Provincial de Artes Plásticas "Rafael Botí" asegurará las obras, a partir de su recepción hasta la conclusión de los plazos señalados para la retirada de las mismas.

Sexta

El jurado, presidido por la Presidenta de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, estará constituido por especialistas de reconocido prestigio.

Actuará como Secretario el que lo sea de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí o funcionario en quien haya delegado la Secretaría de la Fundación, con voz y sin voto. El fallo del Jurado tendrá carácter irrevocable.

Séptima

El Jurado hará una selección entre las obras preseleccionadas en la primera fase, valorando su calidad, personalidad e innovación, y propondrá a la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí aquellas que, a su juicio, merezcan ser adquiridas, hasta completar un importe total de CUARENTA Y CINCO MIL EUROS (45.000,00 €).

El importe de adquisición de cada una de las obras estará sujeto a las retenciones fiscales que puedan corresponderle.

El jurado se reserva la capacidad de realizar una valoración de cada obra distinta a la fijada por el autor, si bien este precio deberá aceptarse expresamente por el autor en el momento de la recepción definitiva de la obra propuesta para su adquisición.

Octava

Con las obras seleccionadas se realizará una exposición, durante el año 2019, en el Centro de Arte Rafael Botí, que itinerará por diversas salas de exposiciones municipales, editándose el correspondiente catálogo.

Novena

Las obras no seleccionadas ni adquiridas deberán ser retiradas dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha del acuerdo de adquisición. Las obras seleccionadas y no adquiridas lo serán una vez finalizado el año 2019.

En ambos casos será imprescindible la presentación del resguardo del depósito, así como autorización expresa del autor en caso de que no sea él mismo quien retire la obra.

Cuando las obras no hayan sido retiradas en los plazos previstos, serán devueltas mediante agencia, corriendo por cuenta del autor los gastos de transporte y seguro. Transcurridos los plazos previstos, la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí no se hará responsable de las obras no retiradas por sus autores.

Décima

La participación en la IX Bienal de Artes Plásticas "Rafael Botí" supone la plena aceptación de las presentes bases y, en caso de existir algún supuesto no contemplado en las mismas, se atenderá a lo que dictamine el Jurado.

El contenido de las presentes bases, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Córdoba a 8 de noviembre de 2018. Firmado electrónicamente: La Pre

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