Boletín nº 222 (20-11-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Santa Eufemia
Nº. 3.835/2018
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial, de fecha 21 de septiembre de 2018, aprobatorio de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o el Aprovechamiento Especial del Dominio Público Municipal, cuyo texto modificado se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local:
Artículo 3. Cuantía
1. Las cuantías de la tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente.
2. Las tarifas de la tasa serán las siguientes:
.../...
B) Por ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa: 0,34 m²/mes.
La presente ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enero de 2019, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Santa Eufemia a 7 de noviembre de 2018. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Elías Romero Cejudo.