Boletín nº 230 (30-11-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villa del Río
Nº. 3.985/2018
Por Resolución de Alcaldía 1586/2018, de fecha 21/11/2018, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para el año 2018:
PERSONAL FUNCIONARIO
Escala Administración General
2 Administrativo, Grupo C, Subgrupo C1, nivel C.D. 19
(promoc. interna)
Escala Administración Especial
1 Oficial del cuerpo de Policía local, Grupo C, Subgrupo C1, nivel C.D. 22
(promoción interna)
PERSONAL LABORAL
1 Maestro de Obras, Personal laboral fijo, Graduado escolar o equivalente, Personal de Oficios, (equivalente a Grupo C, Subgrupo C2, nivel C.D. 18).
1 Conductor vehículos. Operario, Grupo C, Subgrupo C2, nivel C.D. 15.
Agrupación profesional Conductor.
1 Peón de mantenimiento de edificios e instalaciones municipales, Operario, Personal de Oficios, (equivalente a Agrupación profesional, nivel C.D. 14).
Lo que se hace público, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente Resolución podrán los interesados interponer Recurso Potestativo de Reposición ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrán interponer alternativamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Córdoba, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1.c) de la Ley 39/2015, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, reformado por la D.A. 14ª de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.
En caso optar por la interposición del Recurso de Reposición no podrán interponer el Recurso Contencioso-Administrativo hasta que se haya notificación la resolución expresa del Recurso de Reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que podrá entenderse desestimado por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
En Villa del Río, 22 de noviembre de 2018. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Emilio Monterroso Carrillo.