Boletín nº 230 (30-11-2018)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 10
Sevilla

Nº. 4.046/2018

Juzgado de lo Social Número 10 de Sevilla

Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 1093/2015. Negociado: P

De: Dª. Rosa María Caballero Pérez

Abogado: D. Juan Carlos Romero Muñoz

Contra: Servicio Público de Empleo Estatal y Manuel Baena Franco

 

DOÑA ROSA MARÍA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 10 DE SEVILLA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1093/2015, a instancia de la parte actora Dª. Rosa María Caballero Pérez contra Servicio Publico de Empleo Estatal y Manuel Baena Franco, sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha dictado Resolución de fecha 17 de mayo de 2018 del tenor literal siguiente:

Diligencia de Ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia Dª Rosa María Rodríguez Rodríguez. En Sevilla, a 17 de mayo de 2018.

Visto el anterior escrito únase a los autos de su razón. Se tiene por ampliada la demanda contra la empresa D. Manuel Baena Franco a quien se le dará traslado de la demanda con entrega de copia de la misma y citación para el próximo 3 de diciembre de 2018, a las 9.35 horas, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en Avda. de la Buhaira nº 26, Edificio Noga, Planta 1ª, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, convocando a las partes con 30 minutos de antelación a la hora señalada, en la Secretaría de este Juzgado sita en la Planta 6ª del Edificio Noga, para la celebración de los actos de conciliación y/o identificación, todo ello de conformidad con el artículo 89 de la LRJS, advirtiendo a las partes que según el apartado 2º de dicho precepto, al estar grabada la vista, la celebración del acto del Juicio no requerirá la presencia en la sala de el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, pudiendo solicitarla las partes al menos con dos días de antelación a la vista.

Cítese a las partes en única y sucesiva convocatoria a los actos de conciliación y/o juicio, para el día y hora señalado, advirtiéndose a las partes que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse y que podrán solicitar, con al menos 5 días de antelación, aquellas que habiendo de practicarse en el acto del juicio, requieran diligencias de citación o requerimiento; asimismo se advierte a la parte actora que de no comparecer al acto de conciliación y/o juicio, ni alegar justa causa para ello, se le tendrá por desistida de la demanda, en el primer caso por el el/la Letrado/a de la Administración de Justicia y en el segundo por el magistrado y a la demandada que de no efectuarlo se celebrará el acto sin su presencia, sin necesidad de declararla en rebeldía.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe Recurso de Reposición ante la Letrada de la Administración de Justicia no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

La Letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Manuel Baena Franco, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 14 de noviembre de 2018. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Rodríguez Rodríguez.

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