Boletín nº 234 (07-12-2018)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
Delegación Territorial de Córdoba

Nº. 3.937/2018

RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE CONOCIMIENTO Y EMPLEO DE CÓRDOBA, POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA AL PROYECTO DE LA PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA GAMONAREJO 36 Y SU INFRAESTRUCTURA DE EVACUACIÓN, A UBICAR EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE POSADAS, (CÓRDOBA) PROMOVIDO POR LA SOCIEDAD PLANTA FOTOVOLTAICA GAMONAREJO 36, SL.

Expte. RE-17/007

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Solicitud. Con fecha 12 de julio de 2017 tuvo entrada en el registro de la Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo de Córdoba, escrito presentado por don José Luis Encinas Rodríguez, con NIF 70.872.024-P, actuando en nombre y representación de la sociedad Planta Fotovoltaica Gamonarejo 36 SL, con CIF B-84.834.639, domiciliada a efecto de notificaciones en Calle Coronados 10, 1ª, 28320 Pinto, (Madrid), mediante el que solicitó Autorización Administrativa Previa, para la planta de generación de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica denominada Gamonarejo 36, de 49,9610 MWp de potencia instalada y 44,95 MVA de potencia aparente de inversores, a ubicar en las siguientes fincas catastrales: Polígono 11, Parcela 1, Polígono 12, Parcelas 13, 14 y 29, y Polígono 18, Parcela 111, todas ellas del término municipal de Posadas (Córdoba), y la infraestructura para la evacuación de la energía generada en la misma.

Segundo. Informe Ambiental Vinculante. Con fecha de 05 de abril de 2018 la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Córdoba comunica la apertura del expediente de Autorización Ambiental Unificada, AAU/CO/0041/17, correspondiente a la planta de generación de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica Gamonarejo 36, y la infraestructura para la evacuación de la energía generada en la misma, e informa de la firma del acuerdo para realizar el trámite de consultas e información pública de acuerdo a lo indicado en el artículo 19 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la Autorización Ambiental Unificada. La publicación del anuncio se realizó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, BOJA, número 78, de 24 de abril de 2018. El periodo de consulta y alegaciones fue de treinta días desde la publicación del anuncio, al que se añadió un plazo adicional de alegaciones de 20 días por la ocupación de las vías pecuarias Colada de Bellarosa y Cañada Real Córdoba-Sevilla. No se presentaron alegaciones en el plazo establecido a tal efecto.

De conformidad con lo previsto en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, durante el periodo de información pública la documentación estuvo disponible para su consulta en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Con fecha 30 de julio de 2018, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Córdoba, conforme a lo previsto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, remite el Dictamen Ambiental en que informa favorablemente el otorgamiento de Autorización Ambiental Unificada para el proyecto de la Planta Solar Fotovoltaica Gamonarejo 36.

Finalmente, con fecha 31 de agosto de 2018 se recibe en esta Delegación, Informe Ambiental Vinculante de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Córdoba, que declara viable desde el punto de vista ambiental la realización de las actuaciones correspondientes al proyecto de Planta Solar Fotovoltaica Gamonarejo 36 situado en las fincas catastrales siguientes: Polígono 11, Parcela 1, Polígono 12, Parcelas 13, 14 y 29, y Polígono 18, Parcela 111, todas ellas del término municipal de Posadas (Córdoba), y la infraestructura para la evacuación de la energía generada en la misma.

Tercero. Permisos de Acceso y Conexión. Con fecha 7 de febrero de 2012, Endesa Distribución Eléctrica, S.L. emite un informe sobre la solicitud de punto de conexión a la red de distribución para la evacuación de la Planta Fotovoltaica Gamonarejo 36, promovida por Planta Fotovoltaica Gamonarejo 36 SL. En el mismo se establece que existe capacidad para la conexión de la instalación en las barras de 66 KV de la Subestación Posadas. Con fecha 2 de julio de 2015, Endesa Distribución Eléctrica SL emite el Pliego de Condiciones Técnicas que describe los trabajos precisos para atender la solicitud de conexión y el presupuesto de estos trabajos.

Con fecha 22 de diciembre de 2015 Red Eléctrica de España SA en su condición de gestor de la red transporte y operador del sistema, emite el informe de aceptabilidad desde la perspectiva de la red de transporte, relativa a la solicitud de acceso a la red de distribución, pero con previsible afección a la red de transporte, de la planta fotovoltaica Gamonarejo 36. Este informe considera que la conexión de esta instalación resulta viable en el ámbito nodal de Lancha 220 KV, y en el ámbito zonal asociado al conjunto de nudos de la red de transporte Lancha - Montecillo Bajo - Guadalquivir Medio Andújar - Olivares 220.

Cuarto. Informe de Compatibilidad Urbanística. A los efectos de lo indicado en el artículo 12.2 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, con fecha 25 de noviembre de 2016, la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Posadas acuerda trasladar a Planta Fotovoltaica Gamonarejo 36 SL, titular de la planta fotovoltaica Gamonarejo 36, el Informe de Compatibilidad Urbanística que establece la compatibilidad del uso de la planta fotovoltaica, con el régimen del suelo No Urbanizable de Carácter Rural Trancisión Sierra-Vega, donde se ubicará la instalación. Así mismo considera compatible la implantación de la línea de evacuación que va desde la subestación 30/66 KV, ubicada en terrenos de la planta fotovoltaica, hasta la Subestación Posadas, discurriendo por suelos de distinta calificación urbanística.

Quinto. Informe Urbanístico. Con fecha 7 de febrero de 2018 el Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Córdoba, como órgano competente en materia de urbanismo, informa favorablemente sobre la adecuación territorial o urbanística de la planta fotovoltaica Gamonarejo 36, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.2 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.

Sexto. Consultas. De conformidad con lo establecido con Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se remitieron separatas del proyecto a distintos organismos y empresas de servicios públicos o con servicios de interés general a su cargo, que pudieran ser afectados por el desarrollo de las instalaciones, respecto a la conformidad u oposición a la ejecución de las mismas. Constan en el expediente las respuestas emitidas por:

1. Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF). Con fecha 12 de diciembre de 2017 se remitió a ADIF separata describiendo el cruzamiento de la línea subterránea de 66 KV de evacuación de la planta solar fotovoltaica Gamonarejo 36 con la línea ferroviaria AV. Madrid-Sevilla. ADIF comunicó el 22 de enero de 2018 la inviabilidad del proyecto y propuso desplazar el cruzamiento a otro punto, en que no hubiera influencia negativa sobre la cimentación de elementos de la vía. Así mismo recordó, la obligación del titular de obtener autorización para efectuar las obras que afectan a la infraestructura ferroviaria. El 4 de junio de 2018 Planta Fotovoltaica Gamonarejo 36 SL propuso una modificación del trazado de la línea eléctrica, y el desplazamiento del cruzamiento respecto al punto original. El 7 de agosto de 2018 ADIF comunica que el cruzamiento modificado es viable.

2. Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, (CHG). Con fecha 12 de diciembre de 2017 se remitió a CHG una separata del proyecto describiendo la afección de la planta solar Gamonarejo 36, y de la línea de evacuación de 66 KV, sobre el Dominio Público Hidráulico y sus Zonas de Protección, solicitando un informe sobre la aceptación del proyecto presentado. La petición se reitera el 19 de enero de 2018. En su respuesta, de 25 de enero de 2018, CHG no pone oposición al proyecto, sin embargo indica la obligación del titular de las instalaciones, de solicitar y obtener de ese organismo, autorización previa, para la ejecución de las obras que afecten a los bienes del Dominio Público Hidráulico y sus Zonas de Protección.

3. Delegación Territorial de la Consejería de Fomento y Vivienda en Córdoba, Servicio de Carreteras. Con fecha 12 de diciembre de 2017 se remitió a este organismo, una separata del proyecto describiendo la afección de la planta solar Gamonarejo 36, y de la línea de evacuación de 66 KV, sobre carreteras de titularidad autonómica, solicitando un informe sobre la aceptación del proyecto presentado. La petición se reiteró el 19 de enero de 2018. El 7 de febrero de 2018, el Servicio de Carreteras informa desfavorablemente a la autorización del proyecto por la solución adoptada en el paralelismo de la línea eléctrica bajo la cuneta de la carretera A-431. Con fecha 19 de marzo de 2018 se remitió al Servicio de Carreteras nueva separata con la modificación del recorrido de la línea subterránea en lo que corresponde al paralelismo y cruzamientos con la carretera A-431 (Avenida María Auxiliadora). El 2 de octubre de 2018 el ti

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