Boletín nº 235 (10-12-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Benamejí
Nº. 4.150/2018
En cumplimiento de lo dispuesto del artículo 169.1 por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 5 de noviembre de 2018 de modificación de presupuesto número 23/2018 mediante la modalidad de Concesión de Crédito Extraordinario y cuyo resumen es el siguiente:
A) NUEVAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A LAS QUE SE ASIGNA CRÉDITO:
Grup. deProg. |
CLAS. ECON. |
Denominación de las Clasificaciones |
Importe |
432 |
622.00 |
Reforma Vaso Piscina Camping Municipal |
38.668,41 |
TOTAL |
38.668,41 |
B) MEDIOS O RECURSOS QUE LAS FINANCIAN: Baja por anulación de los siguientes créditos:
Grup. deProg. |
CLAS. ECON. |
Denominación de las Clasificaciones |
Importe |
241 |
821.90 |
Anticipo reintegrable ruta del tempranillo |
25.600,00 |
241 |
480.00 |
Subvenciones nominativas ruta del tempranillo |
6.400,00 |
334 |
622.00 |
Espacio escénico labores previas |
6.668,41 |
TOTAL |
38.668,41 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Benamejí a 4 de diciembre de 2018. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Carmen Lara Estepa.