Boletín nº 239 (14-12-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros

Nº. 4.218/2018

Don Francisco Ansio Ortega, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros (Córdoba), hago saber:

Que no habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica aprobado provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento en Sesión Ordinaria celebrada el día 6 de octubre de 2018 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 202, de 19 de octubre de 2018, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, pudiéndose interponer contra el mismo Recurso Contencioso-Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.

Esta modificación será comunicada al Instituto de Cooperación con la Hacienda Local de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba a fin de que sea prevista su aplicación a partir del próximo ejercicio.

A continuación, se inserta el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza Fiscal correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, antes citado.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.

Inclusión de nuevos párrafos en el artículo 5 con el siguiente tenor literal:

Se concede una bonificación del 75% de la cuota del impuesto a aquellos vehículos de tracción mecánica que, en atención a las características de su motor, tengan nula incidencia en el medio ambiente. A estos efectos, la bonificación se aplicará a las personas titulares de los vehículos 100% eléctricos.

Se concede una bonificación del 50% de la cuota del impuesto a aquellos vehículos de tracción mecánica que, en atención a las características de su motor, tengan baja incidencia en el medio ambiente. A estos efectos, la bonificación se aplicará a las personas titulares de los vehículos híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel o eléctrico-gas) o que utilicen para su funcionamiento algún tipo de biocombustible (biogas, bioetanol, hidrógeno o derivados de aceites vegetales), gas natural, gas natural comprimido, gas licuado del petróleo o metano.

Para disfrutar estas bonificaciones, las personas interesadas deben instar su concesión indicando las características del vehículo mediante de acuerdo con su correspondiente ficha técnica, permiso de circulación, matrícula y causa del beneficio. Declarada por el Ayuntamiento, se expedirá un documento acreditativo de su concesión.

Lo que se hace público para general conocimiento.

San Sebastián de Los Ballesteros, 10 de diciembre de 2018. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Francisco Ansio Ortega.

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