Boletín nº 241 (18-12-2018)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 4.269/2018

La Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en virtud de las competencias delegadas por la Presidencia mediante Decreto de 8 de julio de 2015, en sesión ordinaria celebrada el 11 de diciembre de 2018, ha adoptado, en votación ordinaria y por unanimidad, entre otros, según consta en el borrador del acta aún pendiente de aprobación y a reserva de los términos que de ésta resultaren, el siguiente acuerdo:

2. APROBACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2018 (GEX 2018/67700).

En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación de Régimen Local, se somete a la Junta de Gobierno la aprobación de la Oferta de Empleo Público de esta Corporación correspondiente al ejercicio 2018.

Conforme a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (Ley 6/2018, de 3 de julio), al Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y al Acuerdo de funcionarios y el Convenio Colectivo del personal laboral de la Diputación Provincial de Córdoba, los criterios generales sobre la Oferta de Empleo Público para el ejercicio de 2018 se han sometido a la Mesa General de Negociación de Condiciones de Trabajo de personal funcionario y laboral de la Diputación Provincial de Córdoba.

En su virtud, se propone:

Primero: Aprobar la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2018 en los términos que se señalan en el Anexo a la presente propuesta.

Segundo: Con respecto al turno de discapacidad y por aplicación de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las personas con discapacidad en Andalucía, artículo 28 Empleo Público, se reservará en las Ofertas de Empleo Público un cupo no inferior al 10% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, reservando dentro del mismo un porcentaje específico de 2% para personas con con discapacidad intelectual y un 1% para personas con enfermedad mental que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%; siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. En caso de que dichas plazas, tras la celebración de los oportunos procesos selectivos no quedaran cubiertas se procederá a su acumulación a las restantes del turno libre.

Tercero: Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba".

Contra el anterior acuerdo que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

Recurso de Reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que se publique, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso Contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, reformado por la D.A. 14ª de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba la presente notificación, tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.

En el supuesto de que se interponga recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto aquél no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición, tal y como disponen los artículos 123.2 y 124 de la Ley 39/2015, arriba citada y 46 de la Ley 29/1998.

En el caso de la desestimación presunta del Recurso de Reposición, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo mencionado, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba arriba indicados, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con la normativa invocada anteriormente, se produzca el acto presunto tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.

Lo que se publica para general conocimiento y en cumplimiento del acuerdo adoptado.

Córdoba, 16 de diciembre de 2018. Firmado electrónicamente por el Presidente, P.D. el Diputado Delegado de Hacienda y RR.HH, Salvador Blanco Rubio.

ANEXO

PLAZAS DE NUEVO INGRESO

PERSONAL FUNCIONARIO, TURNO LIBRE

VACANTES

CATEGORIA

GRUPO

SUBGRUPO

561

Ingeniero de Caminos

A

A1

1

915, 916, 917, 9

Técnico/a de Administración General (1 reserva discapacidad física o sensorial)

A

A1

4

919

Operador montador fotografía y medios audiovisuales

C

C2

1

320, 558

Limpiador/a

Sin titulación

2

TOTAL

8

PERSONAL LABORAL, TURNO LIBRE

VACANTES

CATEGORIA

GRUPO

5810, 5734, 6101, 6006

Oficial 3ª Agrícola ganadero (1 reserva enfermedad mental)

Sin titulación

4

5746, 5815, 5744, 5737, 5700, 5740

Oficial 3ª Carreteras (1 reserva discapacidad intelectual)

Sin titulación

6

TOTAL

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