Boletín nº 242 (19-12-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 4.253/2018

Mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 10 de diciembre de 2018, se aprueban las Bases reguladoras de Subvenciones a Empresas de la Localidad de Pozoblanco, ejercicio 2018, y la convocatoria pública para la presentación de solicitudes, cuyo texto es del siguiente tenor:

Dada cuenta del texto de las Bases reguladoras de la convocatoria de Subvenciones a empresas de la localidad de Pozoblanco para el ejercicio 2018.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, adoptó los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar las Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones a empresas de la localidad de Pozoblanco, cuya cuantía se consignará con cargo al presupuesto del ejercicio 2019.

Segundo. Que se efectúe la oportuna convocatoria para la presentación de solicitudes a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, finalizando este plazo el 31 de enero de 2019.

El lugar de presentación de las mismas será el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco, sito en calle Cronista Sepúlveda, núm. 2, en horario de 8:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.

Que se proceda a efectuar la correspondiente publicidad a través de los medios de Radio, Prensa Local y publicar en el Tablón de Edictos de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento.

Tercero. Las solicitudes de subvenciones que se presenten al amparo de esta convocatoria deberán reunir los requisitos que con carácter general se especifican en las Bases y en las que igualmente se recoge la documentación que se ha de acompañar. El texto de las bases se puede consultar en la página web del Ayuntamiento de Pozoblanco, www.pozoblanco.es, en la sección Ayuntamiento, Ordenanzas y Reglamentos.

Cuarto. La concesión de estas subvenciones se hará con cargo a la partida presupuestaria número 210.2410.47001. (Plan de Desarrollo Económico y Local).

Quinto. Los proyectos presentados serán evaluados por la Mesa de Instrucción designada al efecto.

Sexto. Los criterios de valoración de solicitudes serán los que se establecen en la Base 9ª de las citadas Bases.

Séptimo. Dar traslado del presente acuerdo a la Intervención de Fondos, para su conocimiento y efectos oportunos.

Pozoblanco, 11 de diciembre de 2018. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Santiago Cabello Muñoz.

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