Boletín nº 244 (21-12-2018)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Córdoba

Nº. 4.285/2018

Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 61/2018 Negociado: CH

De: D. Miguel Ortiz Fernández

Abogado: D. Rafael Carlos Hernández Rodríguez

Contra: Laser Baby S.L.

 

DOÑA OLGA RODRÍGUEZ CASTILLO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 61/2018 a instancia de la parte actora D. Miguel Ortiz Fernández contra Laser Baby S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 10/12/18 del tenor literal siguiente:

Providencia de la Magistrado Juez Dª Olga Rodríguez Garrido

En Córdoba, a 10 de diciembre de 2018

Examinada la agenda de señalamientos de este Juzgado, acuerdo la suspensión de los actos de conciliación y juicio señalados los días 8 y 9 de enero de 2019 ante la imposibilidad del ejercicio de la función jurisdiccional en condiciones adecuadas de eficiencia, calidad, protección de la salud laboral y con el fin principal de cumplir con la exigencia de celeridad en la tramitación y en la resolución de los asuntos que es inherente a la jurisdicción social. El volumen de asuntos que soportan los Juzgados de lo Social puede comportar una demora indeseada en el dictado de sentencias por lo que resulta necesario reajustar la agenda del Juzgado con el traslado de los señalamientos de los días mencionados a fechas próximas conforme lo permita la agenda de señalamientos.

Y consultada la misma se suspende la comparecencia que venia señalada para el próximo día 8 de enero de 2019 a las 11:20 horas de la mañana, citándose nuevamente a las partes, a fin de que comparezcan al objeto de celebrar la comparecencia prevista en el artículo 280 L.R.J.S. ante este Juzgado el próximo 15 de enero de 2019 a las 9,15 horas de la mañana, advirtiéndose al ejecutante que habrá de comparecer personalmente o debidamente representado y que si no asistiese se tendrá por desistido de su solicitud, y al empresario que de no asistir se celebrará el acto sin su presencia, debiendo ambas partes concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse y que puedan practicarse en dicha comparecencia.

Notifíquese a las partes y dado que la parte ejecutada se encuentra en paradero desconocido notifiquese esta resolución por BOP a dicha parte con el nuevo señalamiento.

Lo mandó y firma S.Sª. Ante mí. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Laser Baby S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 11 de diciembre de 2018. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Olga Rodríguez Castillo.

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