Boletín nº 246 (27-12-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 4.347/2018

Extracto del acuerdo nº 1032/18 de la Junta de Gobierno Local, de fecha 30 de noviembre, por el que se aprueban las bases del Concurso Municipal de Patios Cordobeses de Mayo 2019.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

BDNS 429727

(http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

PRIMERO. ENTIDADES BENEFICIARIAS: Podrá participar en el Concurso:

- Todo patio cordobés que reúna las necesarias condiciones de tamaño, conservación y estética, que componga su ornamentación con elementos naturales y florales del tiempo, en arriates o macetas, con recipientes adecuados, y que se encuentre dentro del casco histórico, quedando este delimitado según plano adjunto. La casa-patio que desee participar en este Concurso deberá estar habitada, y el patio permanecer cuidado durante todo el año.

- Los patios de las viviendas con Fines Turísticos (VFT) en su modalidad por habitaciones (Decreto 28/2016 de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos).

- Los Patios pertenecientes a entidades o asociaciones, sin ánimo de lucro, que mantengan el mismo durante todo el año y que realicen las actividades propias del colectivo de forma continuada.

- Podrán participar en calidad de Fuera de Concurso aquellos patios que estén ubicados en el Casco Histórico que presenten un determinado nivel de calidad en cuanto a la arquitectura, plantas y decoración y que estén incluidos o pertenezcan a Instituciones o Entidades Públicas. La visita a estos patios deberá ser gratuita y el horario mínimo de apertura al público será de 11:00 a 14:00 h. No se admitirán en esta modalidad patios de edificios o viviendas de carácter privado.

No podrán participar en este Concurso Municipal:

1. Aquellos patios propiedad de entidades con ánimo de lucro o que pertenezcan o estén incluidos dentro de Hoteles, Hostales, Restaurantes, Bares, Apartamentos Turísticos o cualquier otro establecimiento de hostelería, así como aquellas casas, cuya propiedad utilice la marca patio, publicitáriamente, para obtener beneficios mediante alquileres u otro tipo de actividades comerciales, estén inscritas o no en el Registro de la Junta de Andalucía.

2. Los patios de viviendas con Fines Turísticos (VFT) en su modalidad completas (Decreto 28/2016de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos).

3. Los patios cuya superficie de planta sea inferior a 19 m².

4. Aquellos patios cuyos/as propietarios/as de los inmuebles no habiten en la casa.

SEGUNDO. OBJETO: El Excmo. Ayuntamiento de Córdoba a través de la Delegación de Promoción de la Ciudad, con la colaboración de distintas firmas comerciales, convoca el Concurso Municipal de Patios Cordobeses, con los objetivos de mantener su conservación y promoción, de esta Fiesta declarada Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.

TERCERO. BASES REGULADORAS: Marco general que regula la convocatoria del Concurso Municipal de Patios Cordobeses 2019 del Ayuntamiento de Córdoba. Las citadas bases se podrán consultar en el Tablón Municipal de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Córdoba.

CUARTO. CUANTÍA: De acuerdo con lo establecido en la base novena de la convocatoria, se establecen los siguientes premios:

1. Según las dos modalidades, el jurado podrá otorgar los siguientes premios en régimen de concurrencia competitiva:

PREMIOS DE ARQUITECTURA

ANTIGUA

PREMIOS DE ARQUITECTURA

 MODERNA

1º Premio &.............. 3.000 €

1º Premio &.............. 3.000 €

2º Premio &.............. 2.500 €

2º Premio &.............. 2.500 €

3º Premio &.............. 2.000 €

3º Premio &.............. 2.000 €

4º Premio &.............. 1.500 €

4º Premio &.............. 1.500 €

5º Premio &.............. 1.500 €

5º Premio &.............. 1.500 €

6º Premio &.............. 1.500 €

6º Premio &.............. 1.500 €

7º Premio &.............. 1.000 €

7º Premio &.............. 1.000 €

8º Premio &.............. 1.000 €

8º Premio &.............. 1.000 €

2. El Jurado podrá otorgar Una Mención de Honor de 4.000 € al patio que resalte por alguno de los criterios siguientes:

- La trayectoria en la consecución de premios.

- la idiosincrasia en la transmisión de valores considerados por la UNESCO, para otorgar a la fiesta de los Patios la Declaración de Bien Intangible Cultural, o bien

- El elevado nivel de calidad continuado.

Este patio no podrá optar a los premios del punto 1 de esta misma base.

3. El Jurado podrá otorgar hasta cuatro Premios Singulares a los patios que se consideren, en función de su participación, constancia, esfuerzo y/o motivación, siendo la cantidad estipulada de 2.400 €, a repartir igualitariamente entre cuatro patios que no hayan obtenido algún premio de los regulados anteriormente.

4. Por otra parte, el IMGEMA concederá un GALARDÓN a la planta más singular. Con ello se premiará el ejemplar o grupo de ejemplares de la misma especie o variedad que sean considerados más singulares de entre los que adornan los patios presentados a concurso y será concedido tras la deliberación de una Comisión Técnica nombrada al efecto.

5. A consideración del Jurado, cualquier premio, mención especial y premio singular podrá quedar desierto, por entender que los Patios admitidos a Concurso no reúnen los requisitos o criterios exigidos para la obtención de uno de los premios.

6. Los patios admitidos a Concurso recibirán un accésit por participación, que consistirá en una cantidad distribuida proporcionalmente según la superficie del patio, que será la siguiente:

TAMAÑO

TAMAÑO PATIOS

CANTIDAD

A

Más de 100 m²

3.300,00 €

B

81 m² a 100 m²

3.080,00 €

C

61 m² a 80,99 m²

2.860,00 €

D

41 m² a 60,99 m²

2.640,00 €

E

19 m² a 40,99 m²

2.420,00 €

La cantidad destinada a este apartado será de 153.900 €. Si la dimensión de los patios a concurso representará una gran diferencia con años anteriores y no se pudiese asignar la cantidad económica que figura en la tabla, se repartirá la asignación integra, respetando las proporciones y porcentajes entre los 5 tamaños expresados en la citada tabla. Los premios, menciones de honor y premios singulares no podrán ser acumulables (a excepción de los accésits por participación), y a todos ellos se les deducirán los impuestos correspondientes.

Para la tramitación del pago, tanto del accesit por participación como para los premios, cada beneficiario/a tendrá que hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente, y estar dados de alta en terceros del Ayuntamiento.

La cuantía total máxima a distribuir entre premios y accésits será de 188.300 euros con cargo a la aplicación presupuestaria ZC20 3381 48100 0 del Presupuesto Municipal 2019. La concesión de los premios estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto Municipal de 2019 y a que esta convocatoria esté incorporada en su Plan Estratégico de Subvenciones.

QUINTO. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Será de 20 días naturales comprendidos entre el 14 de enero y el 1 de febrero de 2019, ambos incluidos.

Córdoba, 18 de diciembre de 2018. Firmado electrónicamente por la Concejala Delegada de Promoción de la Ciudad, Carmen González Escalante.

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