Boletín nº 246 (27-12-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Encinas Reales
Nº. 4.357/2018
Don Gabriel González Barco; Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Encinas Reales (Córdoba), hace saber:
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2018, aprobó con carácter provisional la Modificación de varias Ordenanzas Fiscales.
El expediente ha estado expuesto al público, mediante Edicto, en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en Boletín Oficial de la Provincia núm. 213, de fecha 7 de noviembre de 2.018, durante treinta (30) días hábiles, y no habiéndose presentado reclamación o sugerencia alguna el referido acuerdo queda elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.
* MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES PARA EL AÑO 2018:
- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el servicio de Cementerio: incremento del 2 %.
- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de Tanatorio Municipal: incremento del 2 %.
- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Instalación de Cajeros Automáticos en las fachadas de los inmuebles con acceso directo desde la vía pública.
El apartado 3 del art. 5º, Cuota Tributaria, queda redactado de la siguiente forma:
3. La Tarifa de la Tasa será la siguiente:
Por cada cajero automático:
En 1ª Categoría: 857,45 Euros.
En 2ª Categoría: 696,68 Euros.
- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación de los servicios de casa de baños, duchas, piscinas e instalaciones análogas.
El art. 3º, Tarifas, queda redactado de la siguiente forma:
La cuantía de la tasa es la especificada en el ANEXO I.
ANEXO I
1. Entradas personales:
a) De 0 a 4 años: exento (0,00 €.).
b) De 5 a 14 años:
Laborables: de Lunes a Viernes (incluido): 2,00 €.
Festivos, Sábados y Domingos: 2,50 €.
a) A partir de 14 años:
Laborables: de Lunes a Viernes (incluido): 2,50 €.
Festivos, Sábados y Domingos: 3,00 €.
2. Abonos de temporada:
a) De 0 a 4 años: exento (0,00 €.).
b) De 5 a 14 años: 60,00 €.
c) A partir de 14 años: 105,00 €.
d) Familia numerosa: 210,00 €.
3. Abonos mensuales:
a) De 0 a 4 años: exento (0,00 €.).
b) De 5 a 14 años: 30,00 €.
c) A partir de 14 años: 60,00 €.
4. En los cursos de natación, el Ayuntamiento cobrará la cuantía fija de 20,00 €. / curso, incluida la entrada de lunes a viernes.
5. Bonificaciones:
a) Pensionistas: bonificación del 50 %.
b) Minusválidos, con grado de minusvalía igual o superior al 33 %: bonificación del 50 %.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Encinas Reales, a 21 de diciembre de 2018. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Gabriel González Barco.