Boletín nº 247 (28-12-2018)

VI. Administración Local

Entidad Local Autónoma de Ochavillo del Río

Nº. 4.421/2018

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo de la Junta Vecinal adoptado en sesión extraordinaria de fecha 28 de noviembre de 2018, sobre aprobación inicial del expediente 134/2018, de créditos extraordinarios (.. . número 231, de 03 de diciembre de 2018), que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público de forma resumida por capítulos:

EMPLEOS

CREDITOS EXTRAORDINARIOS

4.877,40

Capítulo 2: Gastos corrientes en bienes y servicios

1,305,94

Capítulo 6: Inversiones reales

3.571,46

TOTAL EMPLEOS

4.877,40

RECURSOS

BAJAS DE CREDITO

Capítulo 1: Gastos de personal

4.877,40

TOTAL RECURSOS

4.877,40

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Ochavillo del Rio, 27 de diciembre de 2018. La Presidenta de la E.L.A., Fdo. Aroa Moro Bolancé.

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