Boletín nº 9 (15-01-2019)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 92/2019

CONVOCATORIA DEL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE CÓRDOBA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA PARA EL AÑO 2019.

BDNS (Identif.) 431080

PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE CÓRDOBA

(Encomendada la Gestión al Departamento de Desarrollo Económico de la Diputación Provincial de Córdoba).

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DEL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE CÓRDOBA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA PARA EL AÑO 2019.

(BDNS 431080)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8. y 23 de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, mediante la publicación del presente extracto se abre el plazo de presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Córdoba para programas de promoción e interés turístico, concedidas por el Patronato Provincial de Turismo de Córdoba, y gestionadas por la Diputación Provincial de Córdoba.

EXTRACTO del acuerdo del Consejo Rector del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba del día 21 de diciembre de 2018, relativo a la CONVOCATORIA DEL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE CÓRDOBA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA PARA EL AÑO 2019.

1) Beneficiarios y forma de concesión

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias los municipios y las entidades locales autónomas de la provincia de Córdoba, entre cuyas competencias esté la información y promoción en materia turística, con exclusión de la capital provincial atendiendo a la competencia de especial asistencia a los municipios de menor capacidad económica y de gestión.

Sólo será subvencionable un proyecto como máximo de los presentados por cada entidad solicitante. Su plazo de ejecución estará comprendido total o parcialmente dentro del intervalo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019 sin sobrepasarlo, cubriendo por tanto como subvencionables aquellas actividades ejecutadas dentro de dicho intervalo (incluso las iniciadas antes de abierto el plazo de solicitud).

La concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

El procedimiento de concesión constará de las siguientes fases:

a) Admisión de solicitudes y requerimientos de subsanación, en su caso.

b) Valoración por el órgano colegiado.

c) Propuesta provisional, y recepción de alegaciones y/o reformulaciones, en su caso.

d) Propuesta definitiva y presentación de aceptaciones o renuncias, en su caso.

e) Resolución de concesión.

2) Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención.

Los proyectos de promoción turística a subvencionar, estarán relacionados con los objetivos y estrategias del PLAN IMPULSO-Córdoba Destino de la Diputación Provincial de Córdoba y el Plan de Desarrollo, Promoción y Comunicación Turística de la provincia de Córdoba de PPTC. En general se apoyarán, la edición de publicaciones, creación de material gráfico y audiovisual y cualquier otro instrumento válido, que incidan especialmente en el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información, que divulguen los méritos y recursos turísticos de Córdoba y provincia, como herramienta efectiva para la captación de turistas, así como iniciativas en materias de formación del sector.

En las bases publicadas en el Boletín nº 4 (08-01-2019) pueden consultarse a título orientativo en qué pueden consistir los proyectos a fomentar.

3) Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación será de veinticinco días hábiles desde el día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del presente extracto de Convocatoria.

Las solicitudes firmadas electrónicamente se presentarán de manera exclusiva a través del registro electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba, en la forma establecida en las bases.

4) Disposición que establece las bases reguladoras y del diario oficial en que está publicada:

El texto completo del Programa, aprobado por acuerdo del Consejo Rector del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba de fecha 19 de diciembre de 2018, y al que habrán de remitirse los interesados, aparece publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 4 (08-01-2019), pudiendo asimismo consultarse en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones con el ID BDNS 431080 (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias); así como en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba (https://sede.dipucordoba.es/diputacion/tramites).

5) Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima de las subvenciones convocadas dentro de los créditos disponibles.

La financiación de la ayuda económica aportada por el PPTC se realizará con cargo a los créditos consignados en el presupuesto de 2019 ascendiendo la cuantía total máxima a 250.000,00.-euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 4325.46200 Subv. Ayuntamientos Actividades Turísticas.

6) Documentos e informaciones que deben acompañarse a la petición.

Las solicitudes firmadas electrónicamente se presentarán mediante formulario de manera exclusiva a través del registro electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba conforme al modelo establecido, adjuntándose en formato de archivo PDF descripción del proyecto a ejecutar con presupuesto desglosado por partidas y actividades.

En todo caso, los proyectos incluirán la documentación exigida en las bases del Programa al que se remite este extracto.

7) Criterios de valoración de las solicitudes.

La subvención a conceder se determinará teniendo en cuenta los siguientes criterios con la ponderación que se les atribuye, sobre un total de 10 puntos:

a) Incidencia en la provincia de las actividades turísticas propuestas: hasta 2 puntos.

b) Originalidad e innovación del proyecto o actividad a desarrollar: hasta 2 puntos.

c) Ámbito territorial, local o supramunicipal, que abarca la actuación a promocionar: hasta 2 puntos.

d) Incorporación de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación: hasta 2 puntos.

e) Contribución del proyecto a facilitar desestacionalización de la actividad turística: hasta 2 puntos.

8) Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento. Plazo de resolución y notificación.

La competencia para la instrucción del procedimiento de concesión corresponde al propio órgano gestor, tarea que recae en el Departamento de Desarrollo Económico de la Diputación Provincial de Córdoba por encomienda de gestión. El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos y documentos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.

Una Comisión Evaluadora prevista como órgano colegiado, formulará al órgano concedente la propuesta de concesión.

La resolución de concesión se hará mediante acuerdo motivado del Consejo Rector como único órgano competente, pronunciándose éste sobre la propuesta de resolución definitiva, examinadas las aceptaciones y rechazos.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento, no podrá exceder de seis meses, a partir de la publicación de esta Convocatoria.

9) Posibilidad de reformulación de solicitudes

Se admitirá la posibilidad de reformulación de las solicitudes presentadas, siempre que el importe individual de la propuesta de resolución provisional, sea inferior al solicitado. La entidad solicitante podrá, durante el plazo de alegaciones, reformular su solicitud ajustando el programa y presupuesto de la actividad subvencionada a sus posibilidades de financiación y dentro del porcentaje mínimo de financiación propia que establece la Convocatoria.

En cualquier caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos, sin perjuicio de los ajustes necesarios para determinar las nuevas cuantías.

10) Medios de notificación o publicación.

Las propuestas de resolución provisional y definitiva se publicarán en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba.

Se notificará individualmente a los solicitantes el acuerdo definitivo adoptado.

11) Reclamaciones; indicación de si la resolución pone fin a la vía administrativa y, en caso contrario, órgano ante el que ha de interponerse recurso de alzada.

A la vista de la propuesta de resolución definitiva, examinadas las aceptaciones y rechazos, el Consejo Rector resolverá el proce

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