Boletín nº 10 (16-01-2019)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 4.462/2018
Juzgado de lo Social, Número 2 de Córdoba
Procedimiento: Despidos/Ceses en general 768/2018 Negociado: PM
De: Don Iñaki Dieguez Cisneros
Abogado: Don Mariano Poyato Zafra
Contra: I Andalucía Dental Proyecto Odontológico SLU
EL SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento número 768/2018, sobre Despidos/Ceses en general, a instancia de don Iñaki Dieguez Cisneros contra I Andalucía Dental Proyecto Odontológico SLU, en la que con fecha 14/12/18 se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo
Que, estimando la demanda sobre despido don Iñaqui Diéguez Cisneros contra I Andalucía Dental Proyecto Odontológico SLU:
1º. Declaro improcedente el despido objeto de este proceso, de fecha de efectos 21/06/2018. Y, teniéndose por realizada la opción, declaro extinguida la relación laboral en la fecha de esta sentencia.
2º. Condeno a la empresa demandada al pago de 4086,69 € en concepto de indemnización, y 14530,56 € en concepto de salarios de tramitación.
Notifíquese esta sentencia a las partes y Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, entro de los cinco días siguientes a dicha notificación, anunciándose el recurso ante este Juzgado, por escrito o comparecencia, siendo indispensable, si el recurrente es el empresario, que exhiba al tiempo de anunciarlo, el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander, la cantidad objeto de condena en la cuenta 1445-0000-65-, seguido número y año de procedimiento.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a I Andalucía Dental Proyecto Odontológico SLU, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Córdoba, a 20 de diciembre de 2018. Firmado electrónicamente por el Secretario Judicial, Manuel Miguel García Suárez.