Boletín nº 14 (22-01-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Añora

Nº. 58/2019

Por medio del presente se hace público que por Resolución de la Alcaldía de fecha 20 de diciembre de 2018 se ha convocado procedimiento para la concesión de autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante en Añora.

Dicha Resolución ha aprobado las Bases reguladoras de la convocatoria pública para la concesión de veinticinco autorizaciones para el ejercicio de venta ambulante en el mercadillo semanal de Añora. Dichas Bases se encuentran publicadas íntegramente en el Tablón de Edictos, al que se accede a través de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Añora:

(https://www.anora.es/anora/tablon-de-edictos).

REQUISITOS:

El comercio ambulante se podrá ejercer por toda persona física o jurídica que se dedique a la actividad del comercio al por menor y reúna los siguientes requisitos, y otros que, según la normativa o la Ordenanza Municipal, les fuera de aplicación:

-Estar dado de alta en el epígrafe o epígrafes correspondientes del Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago de este Impuesto o, en su caso, encontrarse en alguno de los supuestos de exención establecidos por la normativa vigente.

-Estar dado de alta en el régimen de Seguridad Social que corresponda, y al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social.

-Estar al corriente en el pago de la Tasa por utilización privativa o aprovechamientos especiales de las vías públicas y demás tributos liquidados por el Ayuntamiento de Añora.

-Tener contratado un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de la actividad comercial cuando obtenga la oportuna autorización municipal.

-En el caso de que los objetos de venta consistan en productos para la alimentación humana, las personas que vayan a manipular los alimentos deberán estar en posesión del certificado correspondiente acreditativo de la formación como manipulador de alimentos.

-Las personas prestadoras procedentes de terceros países deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Las personas interesadas en participar en la presente convocatoria tendrán que presentar su solicitud acompañada de toda la documentación necesaria en el plazo de 30 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

La solicitud junto a la documentación requerida se presentarán en papel en el Registro de Documentos del Ayuntamiento de Añora (Plaza de la Iglesia nº 1) o bien de forma electrónica con certificado digital en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Añora, trámite Registro de Entrada en la siguiente dirección: https://www.anora.es/. También se puede presentar la solicitud en los lugares admitidos por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los modelos para solicitar la autorización y el resto de información necesaria para participar en la presente convocatoria están en las Bases aprobadas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Añora, 9 de enero de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Bartolomé Madrid Olmo.

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