Boletín nº 23 (04-02-2019)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba
Nº. 174/2019
Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba
Procedimiento: Despidos/Ceses en general 1392/2017. Negociado: MC
De: Don Enrique Rodríguez Bellido
Abogado: Don José Gómez Fernández
Contra: El Rinconcito de Pepe 2025 S.L. y FOGASA
DOÑA OLGA RODRÍGUEZ CASTILLO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, SUSTITUTA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1392/2017, a instancia de la parte actora don Enrique Rodríguez Bellido contra El Rinconcito de Pepe 2025 S.L. y FOGASA, sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
"Fallo:
Que estimando en su petición principal la demanda formulada por don Enrique Rodríguez Bellido contra El Rinconcito de Pepe 2025 S.L., debo declarar y declaro que la extinción de su contrato por causas objetivas, con efectos de 31/10/17, es nula. En consecuencia condeno a la Cía. demandada a estar y pasar por tal declaración y, en atención a que la readmisión es imposible, a que le pague 1.724,80 € (mil setecientos veinticuatro euros con ochenta céntimos), en concepto de indemnización, y 17.696,00 € (diecisiete mil seiscientos noventa y seis euros), en concepto de salarios de tramitación.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que no es firme porque contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación, que deberá anunciarse, ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, e interponerse conforme a lo prescrito en los artículos 194 y 195 de la LRJS, recurso que será resuelto por la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía".
Y para que sirva de notificación a la demandada El Rinconcito de Pepe 2025 S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 3 de enero de 2019. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Olga Rodríguez Castillo.