Boletín nº 25 (06-02-2019)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 17
Barcelona

Nº. 234/2019

Juzgado de lo Social nº 17 de Barcelona

Juicio: Seguridad Social en materia prestacional 375/2018

Sobre: Reintegro de prestaciones solicitadas por INSS o Mutuas

Parte demandante/ejecutante: Mutua Intercomarcal, Mutua Col·laboradora Amb La Seguretat Social Nº 39

Parte demandada/ejecutada: Servicios Integrales Grupo Mgc, S.L., Institut Nacional de la Seguretat Social (INSS), Tresoreria General de la Seguretat Social

 

DOÑA ROSA MARÍA GOÑALONS BENAVENT, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 17 DE BARCELONA

En este Órgano judicial se tramita el procedimiento arriba indicado en el que se ha dictado una resolución de fecha 4/07/2018.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada Servicios Integrales Grupo MGC, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) he acordado citarle, para que comparezca en la sede de este Órgano judicial el día 14/02/2019 a las 10:40 horas para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio; que tendrán lugar en única pero sucesiva convocatoria, el primero ante la Letrada de la Administración de Justicia y el segundo ante el Magistrado-Juez.

Le advierto que debe concurrir con los medios de prueba de que intente valerse; si se trata de la prueba documental debe presentarla debidamente ordenada y numerada.

Asimismo le advierto que su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y del juicio , que continuaran sin necesidad de declarar su rebeldía y que podrá ser tenida por conforme con los hechos de la demanda.

Contra dicha resolución la parte puede interponer Recurso de Reposición ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de tres días contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución, además de los requisitos y advertencias legales que constan en la resolución y en los artículos 186 y 187 de la LRJS.

La resolución que se notifica está a disposición de la persona interesada en este Órgano judicial.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los artículos 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y, para que sirva de notificación y de citación a Servicios Integrales Grupo MGC, S.L., parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto para su publicación en el BOP, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se realizarán fijando una copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta Oficina judicial, salvo las resoluciones que deban revestir forma de auto o de sentencia o decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS).

En Barcelona, a 14 de diciembre de 2018. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Rosa María Goñalons Benavent.

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