Boletín nº 27 (08-02-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 342/2019
EXTRACTO DEL ACUERDO ADOPTADO POR LA JGL EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 25 DE ENERO DE 2019 POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS DE EMERGENCIA SOCIAL DE SERVICIOS SOCIALES
De conformidad con lo previsto en los artículos 18.2 y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
BDNS 438055
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)
Primero: Tipología de las ayudas económicas
Las ayudas que por esta convocatoria pueden concederse son:
- Ayudas de emergencia social: Son aquellas prestaciones económicas individualizadas destinadas a paliar contingencias extraordinarias que se puedan presentar a personas o unidades familiares y que deban ser atendidas con inmediatez.
Segundo: Personas beneficiarias
Podrán acceder a estas prestaciones las personas físicas o unidades familiares de convivencia con residencia en el municipio de Córdoba y que reúnan los requisitos que se establecen para este tipo de ayudas.
Tercero: Objeto
Es objeto de la presente convocatoria la apertura del procedimiento de concesión de ayudas económicas de emergencia social de la Delegación de Servicios Sociales, mediante el procedimiento de concesión directa, dadas las circunstancias excepcionales que reúnan las personas beneficiarias para acceder a este tipo de ayuda.
Cuarto: Bases reguladoras
Bases reguladoras del Programa de Ayudas Económicas de los Servicios Sociales Municipales.
URL:https://bop.dipucordoba.es/uploads/Bop/20180620/20180620_num2073.pdf?1529474802
La consulta de las bases de la convocatoria se podrá consultar también:
BASES DEL PROGRAMA DE AYUDAS ECONÓMICAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES
URL: https://ssm.cordoba.es/ otros-contenidos/m-subvenciones/subvenciones-ayudas-económicas-2019.
Quinto: Cuantías
Los importes destinados para las ayudas son los que se consignan en la aplicación presupuestarias, sin menoscabo de las eventuales modificaciones para el incremento del crédito inicial; importes que son, conforme a las previsiones a la fecha de publicación de esta Convocatoria:
TIPO |
IMPORTE |
PARTIDA |
Ayudas de emergencia social |
1.300.000,00 € |
Z E10 2315 48006 0 |
Los importes mensuales de cada una de las ayudas, responderán a los siguientes criterios:
- Ayudas de Emergencia Social: Al ser consideradas este tipo de ayudas como una prestación económica no periódica extraordinaria, transitoria y no habitual y tener carácter finalista, el importe de las ayudas únicamente pueden destinarse al objeto que motiva su concesión.
Sexto: Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2019 se extiende desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria el Boletín Oficial de la Provincia, hasta el 31 de diciembre de 2019.
La solicitud de la ayuda se hará previa concertación de cita en el Centro de Servicios Sociales Comunitarios de su zona de residencia.
Séptimo: Otros datos
De conformidad con las bases de la convocatoria, en las Ayudas de emergencia social, al tener un carácter finalista, únicamente deben destinarse al objeto que motiva su concesión, motivo por el cual por su propia naturaleza son ayudas de pago anticipado, y cuyo gasto deberá ser justificado por la persona beneficiaria mediante factura original o documento de valor probatorio de valor equivalente.
Córdoba 4 de febrero de 2019. Firmado electrónicamente: El Concejal Delegado de Servicios Sociales, Cooperación y Solidaridad, Juan Hidalgo Hernández.