Boletín nº 29 (12-02-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Carpio

Nº. 303/2019

Por parte de la Alcaldía-Presidencia del Ilustre Ayuntamiento de El Carpio se pone en general conocimiento que con fecha 30 de enero de 2019, ha dictado la Resolución sobre Delegación de competencia en Concejal, exponiéndose a continuación el texto íntegro de la misma

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE DELEGACIÓN DE

COMPETENCIAS

Vista la renuncia de la Concejala doña Emma Fernández Moyano, en sesión plenaria celebrada el día 28 de enero de 2019, en uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

Resuelvo:

Primero: Avocar las competencias otorgadas por Resolución de Alcaldía con fecha 2 de diciembre de 2016 a doña María del Carmen Gavilán Zurita y delegar desde esta fecha las siguientes áreas:

" Turismo

" Igualdad y Bienestar Social

" Educación

" Festejos

" Cultura

Estas delegaciones son genéricas, conllevará la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos, en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, pero no la autorización, disposición o compromiso, el reconocimiento de obligaciones ni la ordenación de pagos.

Asimismo, el Concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los Concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Segundo. Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir el Resolución del nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo, igualmente publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el Alcalde/Alcaldesa.

Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa, doña Desirée Benavides Baena, en El Carpio fechado y firmado digitalmente; de lo que, como Secretaria, doy fe.

En El Carpio a 1 de febrero de 2019. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa-Presidenta, Desirée Benavides Baena.

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