Boletín nº 33 (18-02-2019)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 458/2019
Por resolución de fecha de 13 de febrero de 2019, insertada en el correspondiente Libro de Resoluciones con el número 2019/00000589, la Presidencia de esta Corporación ha dictado lo que sigue:
En el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 68, de 10 de abril de 2018, se publicaron las Bases de la convocatoria para la provisión con carácter definitivo de diversos puestos vacantes en la Diputación Provincial de Córdoba, mediante concurso específico de méritos.
Vista la propuesta definitiva de adjudicación, publicada en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba el día 20 de diciembre de 2018, de la Comisión de Valoración, nombrada mediante Decreto de esta Presidencia con número 2018/00005289.
Visto el Informe del Servicio de Recursos Humanos, acreditada la observancia de las normas reglamentarias, de las Bases de la convocatoria, así como del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos; con arreglo al procedimiento establecido y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
HE RESUELTO
Primero. Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria en los términos que se expresan en Anexo (puestos Servicio Patrimonio) a la presente.
El plazo para tomar posesión será de tres días si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo. El plazo se computa a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación. Podrá diferirse la fecha de cese de conformidad con lo dispuesto en la Base 9de las que rigen la convocatoria.
La renuncia a los destinos obtenidos en el concurso no tendrá efecto, salvo que concurra alguno de los supuestos contemplados en el primer párrafo de la Base 8.
Los destinos adjudicados tienen carácter voluntario, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio.
El personal que haya obtenido puesto de trabajo a través del presente concurso no podrá participar en otra convocatoria de provisión de puestos mediante el sistema de concurso hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión en el mismo, salvo en los supuestos de remoción o de supresión del puesto de trabajo de destino definitivo.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sirviendo de notificación a los interesados.
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá ser recurrida potestativamente ante esta Presidencia, mediante la interposición de Recurso de Reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o ser impugnada directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, con arreglo al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estima procedente. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 123.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Lo que se publica para general conocimiento.
Córdoba, 14 de febrero de 2019. El Presidente. Firmado electrónicamente por PD. El Diputado Delegado de Hacienda y RRHH, Salvador Blanco Rubio.