Boletín nº 34 (19-02-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 452/2019

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES

PARA PROYECTO DE EDUCACIÓN PARA LA

COOPERACIÓN PARA EL EJERCICIO 2019

BDNS (Identif.): 439622

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero: Beneficiarios

Organizaciones e instituciones, fundaciones o asociaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro que tengan sede social o delegación en Cabra al menos con un año de antelación a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Segundo: Finalidad

Promover en el municipio de Cabra actividades de educación y sensibilización de la ciudadanía, conforme a la Resolución de Naciones Unidas, relacionadas con el desarrollo económico y social en armonía con el medio ambiente, la cultura de la paz, los derechos humanos, y la igualdad entre hombres y mujeres; la participación democrática, la comprensión, tolerancia y solidaridad; la comunicación participativa y de libre circulación de información y conocimientos, la paz y seguridad internacionales, así como el conocimiento de la realidad de los países empobrecidos.

Es necesario llevar a cabo acciones de sensibilización que posibiliten que la ciudadanía de nuestro municipio conozca la realidad social de países del tercer mundo, a fin de que las futuras generaciones avancen hacia un futuro más sostenible, humano e integrador.

Tercero. Bases reguladoras

Acuerdo del Consejo de Administración del Patronato Municipal de Bienestar Social, en sesión celebrada el día 20 de marzo de 2017.

El texto integro de las citadas Bases ha sido publicado en el BOP Córdoba nº 67, de 07/04/2017.

Cuarto: Importe

La cuantía económica total de la presente convocatoria de subvenciones asciende a 4.000,00 €, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 48901 2316 del Presupuesto del Patronato Municipal de Bienestar Social.

El Patronato Municipal de Bienestar Social tendrá la potestad para no agotar los créditos consignados, si los proyectos presentados no reunieran los requisitos mínimos exigibles.

Los proyectos que presenten las Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo podrán recibir subvenciones de hasta el 80% de su coste total, debiendo aportar la entidad solicitante un 20% del importe total de la actividad subvencionada por el Patronato Municipal de Bienestar Social con fondos propios.

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada o implique una disminución del importe de la financiación propia exigida, en su caso, para cubrir el proyecto subvencionado.

Ninguna Organización recibirá más del 25% de importe total de esta convocatoria.

Quinto: Plazo de presentación de solicitudes

30 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Plazo de ejecución

El plazo máximo de ejecución de los proyectos subvencionados será de 6 meses contados a partir del día siguiente del pago por el PMBS del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra  del importe subvencionado.

Séptimo. Documentación a adjuntar

Los proyectos participantes en la presente convocatoria deberán ser acompañados necesariamente de la siguiente documentación:

a) Solicitud dirigida a la Sr. Presidente del Patronato Municipal de Bienestar Social del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra en la que aparezca nombre del proyecto para el que se solicita la subvención, importe del mismo, importe de la subvención solicitada,  número de cuenta corriente y entidad bancaria a efectos de transferencia de la subvención solicitada e índice de la documentación que se aporta. Dicha solicitud estará suscrita por la persona que ostenta la representación legal de la Organización, aportando copia del D.N.I., así como del acta de elección del Libro habilitado por el organismo oficial correspondiente o, en su caso, la delegación expresa otorgada por el órgano competente de la Organización.

b) Declaración expresa responsable de la persona que ostente la representación legal de la Asociación, en la que conste:

Que se reúnen los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a de subvención pública, conforme a la Ley General de Subvenciones y los exigidos en el artículo 3 de las presentes bases para poder ser beneficiarios/as de estas subvenciones.

Que la entidad solicitante no tiene pendiente justificación de subvenciones recibidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Cabra o por su Patronato Municipal de Bienestar Social siempre que ya hubiese expirado el plazo de justificación de las mismas.

Que la entidad beneficiaria está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

c) En caso de tratarse de un proyecto realizado por varias ONG´s, el convenio que indique y regule la coordinación y responsabilidades de las diversas partes, así como la persona responsable del proyecto a efectos de contacto para el seguimiento del mismo.

d) Memoria del año anterior al de la publicación de la convocatoria que incluya:

Proyectos de educación para la cooperación realizados.

Balance económico de la organización, detallando las distintas fuentes de financiación.

e) Copia de la tarjeta del Código de Identificación Fiscal.

f) Inscripción en la Agencia Española de Cooperación Internacional.

g) Proyecto debidamente presentado que deberá contener como mínimo el titulo del proyecto, la relación de actividades a desarrollar, los objetivos del mismo y la fecha de comienzo y fin de las actividades.

h) Datos sobre la financiación prevista para el proyecto: presupuesto de ingresos y gastos de las actividades que integran el proyecto.

Documentos a presentar conforme a los anexos publicados con la convocatoria.

Cabra, 24 de enero de 2019. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa Acctal., Cristina Jiménez Lopera.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad