Boletín nº 35 (20-02-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Conquista

Nº. 461/2019

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Asistencia y Estancia en la Residencia Santa Ana de Conquista, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Modificación del artículo 5 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Asistencia y Estancia en la Residencia Santa Ana de Conquista, relativo a la base imponible, tipo de gravamen y cuota tributaria:

" Estancia y pensión completa de persona válida, en habitación individual o doble: 950 euros/mes.

- Asistencias parciales, por cada servicio, para no residentes, previo informe de la Dirección del Centro o de los Servicios Sociales:

" Servicio de Comedor de desayuno, almuerzo y cena: 300 euros/mes.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Conquista, 14 de febrero de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Francisco Buenestado Santiago.

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