Boletín nº 38 (25-02-2019)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 533/2019

Extracto del acuerdo de fecha 12 de febrero de 2019 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a Asociaciones y Federaciones que desarrollen proyectos, programas y actividades para conseguir la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres y la eliminación de la discriminación por razón de sexo u orientación sexual, en la provincia de Córdoba, durante el año 2019.

BDNS (Identif.): 440592

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Objeto de la convocatoria y beneficiarios

Es objeto de esta convocatoria la regulación de las subvenciones a conceder por la Diputación de Córdoba a asociaciones y federaciones de mujeres sin ánimo de lucro, y otras asociaciones que no siendo exclusivamente de mujeres, presenten a esta convocatoria proyectos, programas y actividades para la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de discriminación por razón de sexo u orientación sexual en la provincia de Córdoba, que favorezcan el avance en el cumplimiento de los siguientes fines:

- Igualdad de género.

- Eliminación de discriminación por razón de sexo y/o orientación sexual.

- La prevención de relaciones tóxicas, especialmente entre adolescentes.

- El fomento de la conciliación de la vida familiar y la corresponsabilidad.

- La lucha contra la LGTB fobia.

- La lucha contra la explotación sexual y la trata de seres humanos.

Segundo. Plazo proyectos subvencionables

Podrán presentarse para su financiación aquellos proyectos realizados o por realizar en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2019 y, en su caso, hasta los tres meses siguientes a la publicación de la resolución definitiva de esta convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras

Convocatoria de subvenciones a Asociaciones, Federaciones que desarrollen proyectos, programas y actividades para conseguir la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres y la eliminación de la discriminación por razón de sexo u orientación sexual, en la provincia de Córdoba, durante el año 2019, y publicadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba (tablón de edictos).

Cuarto. Cuantía

El presupuesto disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria asciende a la cantidad de 96.771 €; distribuyéndose en dos modalidades de subvención:

a) Subvenciones a asociaciones de mujeres con una cantidad máxima a otorgar entre los proyectos que se aprueben de 60.771 €.

b) Subvenciones a asociaciones, que no siendo exclusivamente de mujeres, presenten a esta convocatoria proyectos, programas y actividades para la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de discriminación por razón de sexo u orientación sexual en la provincia de Córdoba, con una cantidad máxima a otorgar entre los proyectos que se aprueben de 36.000 €.

No obstante si en alguna de las dos modalidades no se asignara la cantidad prevista a los proyectos presentados, el excedente económico podrá ser aplicado a la otra modalidad.

El importe de las subvenciones podrá alcanzar el 100% del presupuesto de la actividad de manera discrecional por razón de oportunidad o excelencia, debidamente motivada, aunque se valorará la aportación económica por parte de la asociación.

Sólo se podrá presentar una solicitud, aunque incluya varios proyectos, por un importe igual o inferior a 5.000 € y en ningún caso la Diputación subvencionará a una entidad con más de 2.500 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Otros datos

Las solicitudes (formulario electrónico), acompañadas de la documentación requerida en esta convocatoria, serán dirigidas al Sr. Presidente de la Diputación Provincial y se presentarán, de manera exclusiva, a través del registro electrónico de la Diputación de Córdoba, en los términos que expone el artículo 7 del Reglamento del Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba.

El acceso a la tramitación electrónica estará disponible desde la página principal del sitio Web corporativo de la Diputación de Córdoba www.dipucordoba.es/tramites y se realizarán través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figura en la solicitud y anexos de la convocatoria. El modelo será cumplimentado de acuerdo con las instrucciones y controles establecidos por la aplicación informática.

Los formularios electrónicos cumplimentados deberán acompañarse de un proyecto de las actividades para las que se solicita subvención, (Anexo II) con una extensión máxima de 10 folios y que incluirá un presupuesto desglosado de gastos e ingresos previstos para la financiación de las actividades.

Séptimo. Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de subvenciones se iniciará de oficio, y se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva.

Octavo. Medidas de difusión, justificación, modificación de la resolución y reintegro de cantidades percibidas

Se establecen bases específicas que regulan tanto las medidas de difusión del carácter público de la financiación de la actividad, la justificación de la subvención, la modificación de la Resolución y sobre el reintegro de cantidades percibidas en los supuestos que se señalan.

Córdoba a 15 de febrero de 2019. Firmado electrónicamente: El Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, Antonio Ruiz Cruz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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