Boletín nº 39 (26-02-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 559/2019
EXTRACTO POR EL QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A INQUILINOS DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PÚBLICA EN RÉGIMEN DE ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA
BDNS (Identif.): 440783
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos nacional de Subvenciones (http:/www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Convocatoria
Se convocan para el ejercicio 2019 subvenciones a inquilinos de viviendas de titularidad pública en régimen de alquiler con opción de compra.
Segundo. Objeto y finalidad de la subvención
Las ayudas aqui convocadas tienen por objeto regular la concesión de ayudas dirigidas al apoyo económico a las familias, con la finalidad de atenuar los efectos que sobre éstas pudiera suponer el compromiso de pago de las rentas mensuales establecidas derivadas del alquiler de viviendas con opción a compra de titularidad pública; este apoyo se concretará en una ayuda a los gastos de alquiler de vivienda a aquellas personas que cumplan con los requisitos expuestos en las bases reguladoras, sin que en ningún caso la ayuda supere el 50% del importe del arrendamiento.
Tercero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios las personas físicas que hayan suscrito contrato de alquiler con opción de compra, relativo a viviendas de titularidad pública, sitas en el términos municipal de Lucena (Córdoba) y cumplan los siguientes requisitos:
- No sean titulares o cotitulares de otros inmuebles de naturaleza urbano o rústica, salvo que por herencia tenga menos del 25% de la vivienda o, en caso de separación legal o divorcio, el uso y disfrute de la vivienda la tenga adjudicada el otro de los cónyuges.
- Que figuren en el Padrón Municipal de Habitantes, con un mínimo de 2 años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
- Que el nivel de renta per cápita de la unidad familiar, referida a los ingresos de la unidad de conviviencia familiar sea inferior a los 280 € mensuales.
Cuarto. Bases reguladoras
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 23 de enero de 2019, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 29, de fecha 12 de febrero de 2019.
Ordenanza General reguladora de las Bases de Concesión de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (publicadas en el B.O.P núm. 74, de fecha 27 de abril de 2007).
Quinto. Cuantía
La concesión de estas ayudas quedará condicionada a la disponibilidad presupuestaria. La dotación máxima de las ayudas a conceder asciende a 25.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 152.1521.48026 del Presupuesto General de Gastos de este Ayuntamiento para 2019.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días a contar desde la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Lucena (Córdoba) a 18 de febrero de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Juan Pérez Guerrero.