Boletín nº 40 (27-02-2019)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 467/2019
Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba
Procedimiento: Procedimiento de Oficio 721/2018. Negociado: IN
De: TGSS y INSS
Contra: Dª. Antonia Rubio Gil y Impormop Venta de Maquinaria S.L.
Abogado: D. Pedro Canales Calancha
DOÑA OLGA RODRÍGUEZ CASTILLO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 721/2018, a instancia de la parte actora TGSS y INSS contra Dª Antonia Rubio Gil y Impormop Venta de Maquinaria S.L., sobre Procedimiento de Oficio, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda sobre revisión de Acto Declarativo de Derecho en Perjuicio de Beneficiario instada por el INSS y la TGSS frente a Dª Antonia Rubio Gil, procede revisar el derecho reconocido a la demandada de prestación de maternidad desde el 1/7/10 a 20/10/10, anulándolo, y condenando a la Sra. Rubio al reintegro de CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON CUATRO CÉNTIMOS (4.835,04 €).
Igualmente, y sin entrar en el fondo de la reclamación, procede desestimar la demanda frente a Impormop Venta de Maquinaria S.L.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, debiendo anunciarlo en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, siendo en todo caso esta Sentencia inmediatamente ejecutiva.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa de la que dimana, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio mando y firmo.
Y para que sirva de Noticacion de Sentencia a la demandada Impormop Venta de Maquinaria S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia Cordoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 8 de febrero de 2019. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Olga Rodríguez Castillo.