Boletín nº 45 (07-03-2019)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Córdoba

Nº. 561/2019

Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 996/2017. Negociado: IS

De: D. Javier Moreno Sanz

Abogado: D. Íñigo Iván Fraile Jiménez de Muñana

Contra: Campo Bravo Espectáculos Taurinos S.L.

 

DON MANUEL MIGUEL GARCÍA SUÁREZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 996/2017, a instancia de la parte actora D. Javier Moreno Sanz contra Campo Bravo Espectáculos Taurinos S.L., sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 27/11/2018 del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimando la demanda de reclamación de cantidad formulada por D. Javier Moreno Sanz contra la empresa demandada Campo Bravo Espectáculos Taurinos S.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al demandante la cantidad de 9.488 euros de principal con más los intereses moratorios legales del articulo 29.3 del ET.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoles que no es firme porque contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación, que deberá anunciarse, ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, e interponerse conforme a lo prescrito en los artículos 194 y siguientes de la LRJS, recurso que será resuelto por la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Igualmente se advierte al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, que deberá depositar la cantidad 300 euros en la cuenta abierta en Banco Santander con nº 1444/0000/65, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso, así como, caso de haber sido condenado en la sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria citada, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por la misma suma.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Magistrada-Juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que yo doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada Campo Bravo Espectáculos Taurinos S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 11 de febrero de 2019. Firmado electrónicamente: El Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Miguel García Suárez.

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